jueves, marzo 28, 2024

Polémica: quieren que extranjeros paguen por usar los hospitales bonaerenses

El diputado de Avanza Libertad Nahuel Sotelo presentó un proyecto de ley para que los extranjeros paguen los servicios de salud.

El diputado de Avanza Libertad, Nahuel Sotelo, presentó un proyecto de ley para que los extranjeros no nacionalizados que asistan a los hospitales de la provincia de Buenos Aires paguen los gastos de la asistencia médica utilizando recursos propios o a través de un seguro médico, como ocurre en otros países.

La iniciativa, ingresada en las últimas horas por el legislador libertario busca atender algunas de las problemáticas que presenta el sistema de salud como las largas colas en las guardias o las listas de espera para acceder a los turnos médicos. Varios de los pesares que persisten desde años en el territorio bonaerense.  

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“En nuestra provincia se le garantiza el acceso a la salud a cualquier persona extranjera que así lo requiera, muchas veces en perjuicio de los mismos ciudadanos argentinos que en ocasiones, no reciben trato prioritario ni siquiera en hospitales de nuestra provincia. Siendo la salud pública algo que financia en su conjunto los ciudadanos argentinos”, afirmó Sotelo.

El texto, señala en su articulado 4° que “a los fines de garantizar la atención en los centros de salud pública el interesado deberá contar con los medios económicos o satisfacer las erogaciones debidas por medio de la ejecución del seguro de salud”.  

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En tanto, el artículo 5° del proyecto de Sotelo detalla que “el Poder Ejecutivo fijará tasas retributivas o aranceles que serán abonados por el seguro de salud o por el interesado según corresponda”. “En aquellos casos donde el interesado arribe a los centros de salud con citas médicas acordadas, las mismas deberán ser abonadas al momento de la reserva”, añade el inciso 6°.

En este sentido, el diputado provincial explicó que “esta ley no viene a quitar derechos a las personas extranjeras, bajo ningún punto de vista se podría afirmar que esta ley quita el derecho de acceso a la salud a persona alguna, ya que no se puede negar o restringir el acceso en ningún caso, solo se pide que se arbitren las formas necesarias para cubrir el gasto ocasionado”.

El diputado de Avanza Libertad, Nahuel Sotelo, pide que los extranjeros paguen por usar los hospitales.
El diputado de Avanza Libertad, Nahuel Sotelo, pide que los extranjeros paguen por usar los hospitales.

En rigor, la iniciativa para que los extranjeros paguen por usar los hospitales aclara que “no podrá negarse o restringir el acceso al derecho a la salud o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”. “Si el acceso al servicio público de salud es urgente, grave o existe riesgo de muerte, el Estado provincial arbitrará los medios necesarios a fin de percibir económicamente los gastos ocasionados con posterioridad”, afirma el artículo 7°.

Dentro de los argumentos del proyecto, Sotelo advierte que “en países vecinos se organizan tours sanitarios para atenderse en los hospitales públicos de nuestro país”. “Lo hacen sin ningún ánimo de permanecer o aportar a este país esto, muchas veces, ocasiona demora y colapso en los hospitales públicos de nuestro territorio”, agrega.

“Es por ello que, un proyecto de esta naturaleza, proporciona una respuesta a la creciente demanda del sistema sanitario público de la provincia otorgando la solvencia necesaria para asegurar y mejorar la atención sanitaria que se brinda”, sintetizó Sotelo.

  

Buscan cobrarle a los extranjeros en hospitales: el texto

ARTÍCULO 1°: La presente ley tiene por objeto asegurar el acceso igualitario a los extranjeros que revistan la condición de “residente permanente”, y sus familias, en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a salud.

ARTÍCULO 2°: Los inmigrantes que revistan la condición de “residentes temporales”, “residentes transitorios” y “residentes precarios”, gozarán del acceso a tales servicios y bienes públicos de manera onerosa.

ARTÍCULO 3°: Quedarán alcanzados por la siguiente norma aquellos inmigrantes que revistan las condiciones estipuladas en el Artículo 2 que se encuentren en el territorio de la provincia y requieran atención médica.

ARTÍCULO 4°: A los fines de garantizar la atención en los centros de salud pública el interesado deberá contar con los medios económicos por sí o satisfacer las erogaciones debidas por medio de la ejecución del seguro de salud.

ARTÍCULO 5°: El Poder Ejecutivo fijará tasas retributivas o aranceles que serán abonados por el seguro de salud o por el interesado según corresponda.

ARTÍCULO 6°: En aquellos casos donde el interesado arribe a los centros de salud con citas médicas acordadas, las mismas deberán ser abonadas al momento de la reserva.  

ARTÍCULO 7°: No podrá negársele o restringir el acceso al derecho a la salud o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria. Si el acceso al servicio público de salud es urgente, grave o existe riesgo de muerte, el Estado provincial arbitrará los medios necesarios a fin de percibir económicamente los gastos ocasionados con posterioridad.

ARTÍCULO 8°: Declárese autoridad de aplicación de la presente Ley al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 9°: Instruméntese los medios necesarios para el cumplimento de la presente ley.

ARTÍCULO 10: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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