miércoles, abril 24, 2024

TV, Internet y telefonía: de cuánto son los nuevos aumentos que autorizó el Gobierno

El Enacom autorizó incrementos de hasta 9,8% en TV paga, telefonía fija e internet, para los prestadores que tengan hasta 100.000 clientes.

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Se vienen más aumentos en 2022. Es que, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó incrementos de hasta 9,8% en el precio final de los servicios de TV paga, telefonía fija e Internet, a partir del 1 de enero, para los prestadores que tengan hasta 100.000 clientes minoristas.

Así lo dispuso la resolución del ente autárquico y descentralizado publicada hoy en el Boletín Oficial, que deja afuera del  aumento de servicios  a la telefonía móvil, dado que lo prestan grandes empresas que tienen más de 100.000 clientes minoristas.

 el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó incrementos de hasta 9,8% para empresas con mas de 100 mil usuarios.
el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó incrementos de hasta 9,8% para empresas con mas de 100 mil usuarios.
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Hay que tener en cuenta que, esta cantidad de 100.000 clientes deja fuera de la aplicación del aumento de servicios a las grandes empresas, y en cambio comprende a las pymes y cooperativas con usuarios por debajo de la marca de cien mil.

Según la norma del Enacom, las empresas que ofrecen acceso a Internet, telefonía fija y TV paga tanto por vínculo físico (cable), como satelital, “que posean hasta cien mil (100.000) accesos totales; a partir del 1 de enero de 2022 podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas en un porcentaje que no podrá ser superior a 9,8%”.

El aumento de servicios se aplica sobre los precios vigentes en julio pasado, cuando el mismo ente autárquico que regula el proceso de convergencia tecnológica, autorizó a estas empresas un incremento de los precios finales.

La resolución del Enacom prevé que podrán aplicar el nuevo aumento de servicios en la tarifa final las empresas que cumplieron con las resoluciones que desde diciembre del 2020 establecen los topes de aumento que puede implementar sobre estos servicios considerados esenciales, públicos y en competencia.

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También el Enacom aclaró que el aumento de servicios del 9,8% no aplica para los precios de las Prestaciones Básicas Universales y Obligatorias, herramienta decidida para asegurar que los usuarios puedan tener los servicios a una tarifa fija determinada por el organismo.

A su vez, el Enacom, en conocimiento de algunos aumentos desmedidos por parte de las empresas de comunicaciones con menos de 100 mil usuarios, estableció reglamentaciones tendientes a evitar esos abusos y proteger a los usuarios. 

La norma del aumento de servicios hace foco en las empresas de TV satelital, al disponer que “cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado” y que “supere los valores expresamente autorizados por las resoluciones citadas deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses”.

También desde el Enacom se precisó que “en aquellos casos en los que algún usuario no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes en el Título IX del Reglamento de Clientes de Servicios de TIC”.

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