El Gobierno nacional de Javier Milei cerró la Unidad Especial de Investigación de la Desaparición de Niños durante la última dictadura cívico-militar, que formaba parte de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI), por considerar que sus facultades no tienen “sustento constitucional” y ponen “en riesgo” la división de poderes.
La medida se hizo oficial a través de la publicación del decreto 727/2024 en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Milei y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, que deroga la resolución 715 del 9 de junio de 2004, mediante el cual se creaba este organismo, en el marco de la reapertura de los juicios por los delitos de lesa humanidad cometidos en la última dictadura.
La normativa derogada por Milei, otorgaba a esta entidad, la autoridad para acceder en forma directa a todos los archivos de los organismos dependientes del Poder Ejecutivo nacional, incluidos los de Presidencia de la Nación, la Jefatura de Gabinete de Ministros, sus organismos dependientes, las Fuerzas Armadas y de Seguridad, y los organismos registrales.
La Unidad Especial de Investigación de la Desaparición de Niños tenía la función de asistir los requerimientos de la CONADI y las peticiones judiciales o provenientes de fiscales en las causas instruidas por los crímenes de lesa humanidad sucedidos entre 1976 y 1983 durante la dictadura militar, como así también en las investigaciones conexas desprendidas delos expedientes principales.
A su vez, la dependencia eliminada por Milei también estaba facultada para efectuar investigaciones propias para la individualización de los responsables de posibles hechos criminales cometidos en el marco de la dictadura, con acceso irrestricto a documentación en poder de organismos públicos y del Poder Judicial de la Nación.

Los argumentos de Milei para el cierre de la unidad
La gestión de Milei consideró que las potestades que fueran vertidas en su momento a este organismo, “violentan el régimen constitucional” e invaden las competencias propias del Ministerio Público Fiscal en materia de investigación de hechos delictivos, afectando así la división de poderes.
Para el Gobierno nacional, el hecho de que una entidad dependiente del Poder Ejecutivo lleve a cabo medidas y tenga competencias que corresponden a otro poder del Estado, “carece de sustento constitucional” y se enmarcan la decisión de su clausura, en una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, dictada el 5 de abril de 2005 en la causa “Ángel Estrada y Cía. S.A. c/ resol. 71/96″.
Esta medida judicial reza que “el otorgamiento de facultades jurisdiccionales a órganos de la administración desconoce lo dispuesto en los artículos 18, que garantiza la defensa en juicio de la persona y sus derechos, y 109 de la Constitución Nacional que, basado en el texto del artículo 108 de la Constitución de Chile de 1833, prohíbe en todos los casos al Poder Ejecutivo ejercer funciones judiciales”.
En esta línea, el Gobierno nacional resolvió que, en función de “proteger los derechos fundamentales”, los hechos investigados por la Unidad Especial de Investigación de la Desaparición de Niños, pasen al Poder Judicial para “esclarecer las circunstancias en las que ocurrieron, permitiendo el conocimiento de la verdad por parte de los familiares de las víctimas y la sociedad, así como el castigo de los responsables y la adopción de medidas preventivas para evitar la repetición de dichas violaciones”.
Dentro de los argumentos que el Poder Ejecutivo esgrime para respaldar su decisión, se plantea que “es fundamental tener en cuenta que la esencia de la división de funciones entre diferentes órganos del Estado Nacional radica en que cada uno de ellos tenga asignada una función específica, distintiva y caracterizadora de su misión esencial”.
Finalmente, desde el Ejecutivo se precisó que para cumplir con los compromisos internacionales que contrajo Argentina en materia de derechos humanos, la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad —órgano que depende de la Procuración General de la Nación— creó la “Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado”.





