La comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Cámara de Diputados bonaerense dictaminó este martes un proyecto de ley que reglamenta un nuevo protocolo para el funcionamiento de la Cámara Gesell, con el objetivo garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas, adolescentes, y discapacitados víctimas de delitos o citados como testigos.
En ese sentido el proyecto de autoría de la diputada bonaerense de Unión por la Patria, Lucía Iañez, que reglamenta el protocolo para el funcionamiento de la Cámara Gesell recibió la aprobación por unanimidad del cuerpo legislativo presidido por la legisladora Susana González (Unión por la Patria) y culminó su paso por comisiones.
De esta manera, la iniciativa recibió este martes su tercer despacho luego del visto bueno de la comisión de Niñez, Adolescencia y Familia y de Legislación General, por lo que quedó en condiciones de ser debatida en el recinto de la Cámara baja y podría ser aprobada a través de la mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los votos de los diputados presentes.
En detalle, la propuesta de Iañez busca que los niños, adolescentes y/o discapacitados que sean citados como testigos de un delito sean convocados una sola vez a una audiencia, y que la misma sea videograbada con el fin de que las autoridades judiciales puedan acudir a ella cada vez que lo requieran y no tengan que volver a llamar al menor de edad implicado. “De esta manera se evita una revictimización”, subrayó la autora del texto.
Según los fundamentos de la ley que reglamenta el protocolo de la Cámara Gesell, se entiende por revictimización “el incremento del daño sufrido por el delito o por su condición de testigo del mismo, como asimismo toda otra afectación a la integridad psíquica o física como consecuencia del contacto con el sistema de justicia”.

“Los niños, adolescentes y/o discapacitados no tendrían contacto con imputados ni con personal policial o de alcaldía, sino con individuos capacitados con perspectiva de niñez”, indica el articulado que sufrió modificaciones por solicitud de la Suprema Corte bonaerense para que la nueva normativa acompañe el protocolo que lleva adelante la Justicia en la actualidad.
Asimismo, el texto aprobado por la comisión de Acuerdos Constitucionales y Justicia establece que los sujetos antes mencionados desarrollen la entrevista del proceso judicial “mediante un sistema de Circuito Cerrado de Televisión“, en un ámbito “fuera de la sede del Fuero Penal a fin de abstener el contacto con otros imputados o personal uniformado”.
Vale mencionar que, la iniciativa de Iañez fue presentada en octubre de 2022 e incluso recibió luz verde de las comisiones de Niñez, Adolescencia y Familia, Legislación General, Asuntos Constitucionales y Justicia, y Presupuesto e Impuestos en diciembre de ese mismo año. Sin embargo, su falta de tratamiento ocasionó que el texto pierda estado parlamentario en marzo.
“Garantizar los derechos de los niños, adolescentes y personas con padecimientos mentales citados como víctimas o testigos de delitos, evitando a ultranza toda forma de revictimización y todo eventual modo de violencia institucional”.
Justamente, en marzo de 2024 Iañez reprodujo su proyecto en defensa de los menores de edad y/o discapacitados citados como víctimas o testigos de delitos. Ahora, con el despacho de las tres comisiones, el proyecto vuelve a quedar en condiciones de ser tratado en el recinto de la Cámara de Diputados bonaerense.
Diputados: los objetivos del proyecto que reglamenta el protocolo de la Cámara Gesell
- Implementar un marco regulatorio para la declaración en el marco de procesos penales de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad o padecimientos mentales víctimas/testigos de delitos que garantice sus derechos.
- Evitar toda forma de revictimización y cualquier eventual modo de violencia institucional al que pueda exponerse durante la recepción de la declaración a niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad o padecimiento mental.
- Reconocerlos como sujetos de derecho y no como objetos de observación ni medios de prueba, siendo su declaración la oportunidad en que los mismos ejercen su derecho a ser oídos. Asegurando que la recepción de sus declaraciones se realice en condiciones de cuidado y respeto.
- Garantizar a los sujetos el resguardo de su interés superior y su efectiva protección especial desde la denuncia del hecho. Asimismo deberá garantizarse a la víctima y su familia asistencia jurídica especializada, que garantice su acceso a la justica y tutela judicial efectiva. Para ello, podrá arbitrarse la designación de un abogado del Niño
- Asegurar una única convocatoria en la que se despliegue una escucha especializada, pronta a la denuncia y videograbada para su uso en toda instancia judicial o administrativa.
- Reconocer la declaración de las víctimas en situación de vulnerabilidad como un acto único e irreproducible, que tendrá validez en toda instancia judicial o administrativa en la que se aborde el caso.
- Arbitrar un ámbito edilicio acondicionado y elegido al efecto para el desarrollo de la entrevista previa y la oportuna escucha mediante sistema de Circuito Cerrado de Televisión o dispositivo simil pertinente. Tal ámbito deberá encontrarse fuera de la sede del Fuero penal a fin de abstener el contacto con otros imputados o personal policial uniformado.
- Impedir todo contacto del niño, niña, adolescente o persona con discapacidad o padecimiento mental, con el denunciado o imputado
- Facilitar y fomentar la comunicación entre el Fuero Penal, de Responsabilidad Penal Juvenil, de Familia y los organismos administrativos que por algún motivo tomarán intervención en el abordaje del caso.
El proyecto aprobado en comisiones que reglamenta el protocolo de la Cámara Gesell





