viernes, marzo 29, 2024

¡Atención monotributistas! Enterate cuáles son los cambios que regirán a partir de junio

Habrá dos recategorizaciones por año y actualizarán el precio máximo de bienes comercializados.

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A partir del 1° de junio comenzarán a regir los cambios que la reforma tributaria, aprobada en diciembre pasado por el Congreso, dispuso para el régimen simplificado de pequeños contribuyentes.

Una de las principales modificaciones está vinculada al esquema de recategorizaciones. Desde el mes que viene ya no habrá que revisar los datos tres veces al año, sino que la operación pasará a realizarse de forma semestral: en enero y en julio.

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Así, el período próximo para hacer el cambio de categoría será del 1° al 20 de julio. Después de cada período la AFIP cruzará datos para asignarle de oficio una categoría a los contribuyentes, en los casos en que considere que no se ubicaron correctamente. Para hacer el trámite, se ingresa en monotributo.afip.gob.ar.

Pero la reforma impositiva también estableció otros cambios. Desde junio, el precio máximo que puede tener algún bien comercializado por un monotributista subirá de $2500 a $15.000. Por otra parte, ya no será un requisito, en el caso de las categorías más elevadas, tener empleados.

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