jueves, marzo 28, 2024

Cuarentena administrada: la Provincia autorizó a otros 20 intendentes a liberar actividades

El viernes le había dado luz verde a los primeros 28, siempre en el marco de los rubros permitidos por el Gobierno Nacional.

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El gobierno bonaerense autorizó a otros 20 intendentes a liberar actividades del aislamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus (Covid-19), incluidas dentro de las 11 excepciones dispuestas por la Decisión Administrativa 524/2020 adoptada por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

De esta manera, esta segunda tanda se suma a los 28 que fueron habilitados el viernes, por lo que número de municipios que ingresaron en la fase de “cuarentena administrada” por ahora son 48 en toda la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, la Provincia sigue el proceso de validación y consulta por el pedido de otras comunas.

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Los datos actualizados indican que el Gobierno bonaerense recibió 684 solicitudes de actividades y servicios a ser exceptuados por parte de 92 municipios. El mecanismo es el dispuesto por el decreto 262/2020: los intendentes presentan el listado con los protocolos sanitarios y esquema de funcionamiento, la Provincia valida y luego con un acto administrativo local se le da la última puntada.

Los nuevos municipios habilitados son 25 de Mayo, Bahía Blanca, Bolívar, Campana, Chascomús, Coronel Dorrego, General Lamadrid, General Madariaga, General Paz, Guaminí, Luján, Magdalena, Pellegrini, Roque Pérez, San Cayetano, Tandil, Tornquist, Villa Gesell y Villarino.

Las actividades liberadas son las primeras 9 de las 11 que dispuso la Jefatura de Ministros de Santiago Cafiero, mientras que para los rubros “Procesos Industriales Específicos” y “Producción para la exportación” se sigue consultado al Gobierno Nacional para el visto bueno final.

 

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MAPA DE ACTIVIDADES Y MUNICIPIOS EXCEPTUADOS:

 

1- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

 

2- Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

 

3- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

 

4- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.

 

5- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

 

6- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

 

7- Ópticas, con sistema de turno previo.

 

8- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

 

9 – Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

 

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