martes, abril 23, 2024

El Gobierno oficializó la extensión de la cuarentena: qué dice el decreto

El presidente Alberto Fernández, diferenció aquellas jurisdicciones que tendrán permitido reabrir sus fronteras, a partir del distanciamiento social (DISPO).

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El Gobierno nacional confirmó a través del Boletín Oficial emitido este lunes, el decreto 814/2020 que extiende las normas de seguridad e higiene para combatir la pandemia de coronavirus (COVID-19) hasta el 8 de noviembre y detalló cuáles provincias podrán tener mayores aperturas.

En ese sentido, explica cuáles son las jurisdicciones que deberán cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y las que se permitirá el distanciamiento (DISPO). Estas últimas podrán reabrir sus fronteras y permitir el ingreso de turistas de países limítrofes, en la temporada 2021.

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En tanto la provincia de Buenos Aires, al igual que el decreto anterior, continúa bajo las normativas del aislamiento, la cual comprende a CABA y los 35 partidos del Área Metropolitana (AMBA). Incluso, se sumaron siete localidades del interior bonaerense.

El texto detalla que son los departamentos de General Pueyrredón, Tandil, Bahía Blanca, San Nicolás, General Belgrano, Capitán Sarmiento, General Madariaga, Laprida, Pila, Saladillo, Pinamar, San Cayetano y Tordillo, sumados a los del AMBA quienes seguirán en ASPO.

Por otro lado, son siete las provincias autorizadas a funcionar, en su totalidad, en la modalidad DISPO, más laxa que el aislamiento y con más actividades permitidas. Se trata de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones y Jujuy. 

El decreto presidencial también advierte el cambio en el balance de casos positivos de coronavirus a nivel nacional. Recuerda que el 23 de mayo, el 93% de los nuevos infectados correspondían al AMBA, mientras que el 22 de octubre ese porcentaje bajó al 26%.

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El Decreto 814/2020 también detalla el listado de las actividades esenciales autorizadas para la circulación y habilita a los gobernadores de cada distrito a disponer excepciones “siempre que ello resulte procedente en atención a la situación epidemiológica y sanitaria”.

Durante el ASPO están prohibidos eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.

Tampoco se permite la actividad de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

Bajo ese contexto, la posibilidad de reabrir las fronteras para permitir el ingreso de turistas de países limítrofes, con vistas a la temporada de verano 2021, se enmarca en el decreto firmado por el Presidente y del Ministro de Turismo y Deportes, Matías Lammens.

En ese marco, el Ministro explicó que "hemos trabajado toda la semana con el Ministerio de Salud para crear las condiciones para que esto pueda suceder", y dijo que la decisión implica "un ingreso importante para nuestra economía y una etapa más en esta pandemia para dar vuelta la página".

De esa forma, el documento emitido este lunes faculta a Migraciones que establezca permisos cuyo objetivo será "atender circunstancias de necesidad" y de poner en práctica el desarrollo de "actividades especialmente autorizadas" por la Jefatura de Gabinete.

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