jueves, marzo 28, 2024

El Senado bonaerense convirtió en ley la prórroga de la suspensión de desalojos

Por unanimidad la Cámara alta extendió los alcances de la norma hasta el 31 de marzo de 2021. Los detalles.

El Senado bonaerense sancionó por unanimidad ley el proyecto que prorroga hasta el 31 de marzo de 2021 la suspensión de determinados desalojos, en el marco del estado de emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

La iniciativa, empujada por el Poder Ejecutivo y que obtuvo modificaciones desde el bloque de Juntos por el Cambio en su paso por la Cámara baja deja excluidas las tomas de tierras que viene preocupando varios de los intendentes de la provincia.  

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Uno de los cambios fundamentales fue el del artículo 7 bis para que abarque "solo las ejecuciones iniciadas antes de la entrada en vigencia" de la norma sancionada en marzo, ya que advierten malas interpretaciones que “avalan” las usurpaciones.

En este sentido, el miembro informante del bloque opositor Andrés De Leo aclaró que “establecimos que las suspensiones están supeditadas a aquellos que ocurrieron antes del decreto 132, por lo que no se afectan aquellas situaciones de conflictividad por contratos de locación de vivienda única”.

“Más allá de que con esta redacción despejamos las dudas, no habrá jurista que pueda avalarse esta ley para justificar estas situaciones, pero hay que tener en cuenta que el déficit habitacional no se suple con acceso a la vivienda, sino que involucra a las relaciones entre privados, vinculados a las contrataciones de alquiler”, agregó el senador.

Dicha modificación, fue impulsada por el legislador platense Daniel Lipovetzky, consiste en detallar que la suspensión de desalojos debe regir "solo para las ejecuciones que hayan sido iniciadas antes de la entrada en vigencia de aquella norma".

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La normativa prohíbe los "lanzamientos", es decir, los procesos de desalojo para un conjunto de casos. "Suspéndanse toda ejecución o lanzamiento colectivos que afecten a una pluralidad de familias y que pueda producir un mayor número de personas en situación de calle", aclara.

 

 

“En la Provincia vamos a tener que enfrentar un debate profundo para dar respuesta al déficit habitacional, enmarcado en un consenso en el cumplimiento del artículo 14bis de la Constitución Nacional que habla del acceso a la vivienda digna. Todos coincidimos en el problema, hay que animarse a encararlo y dejar claro que las usurpaciones son acciones antijurídicas penadas por el Código Penal”, sentenció De Leo.

Desde la vereda de enfrente, el legislador del Frente de Todos, Marcelo Feliú, sostuvo que “esta ley entiende que en este tema, tenemos que tener una mirada mucho más protectoria, eso es lo que recoge esta ley”. “Esta suspensión lo que hace es proteger a aquellas personas que pueden ver privada la posibilidad de seguir teniendo su vivienda”, enfatizó.

“También se prorrogan las ejecuciones, suspende la revisación de lanzamientos vinculados a los créditos UVA, reafirma que los inmuebles tienen que tener ser de vivienda única y aclara los casos que no están alcanzados. Quiero destacar que la senadora Reigada trabaja para avanzar en poder darle herramientas a aquellos sectores que no pueden acceder a una vivienda digna”, agregó el senador.  

 

 

La ley, excluye de los alcances de la normativa los desalojos en "espacios físicos nacionales, provinciales o municipales destinados a áreas naturales protegidas, patrimonios culturales, educativos y/o de interés comunitario o de asociaciones civiles".

También se suspende la ejecución de parte indivisa prevista el artículo 2207 del Código Civil y Comercial de la Nación siempre que la parte deudora integre el condominio, o quienes la sucedan a título universal, sean ocupantes de la vivienda.

Las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA); planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores; también son suspendidas.

Durante su media sanción en la Cámara baja, el diputado Lipovetzky enfatizó que  “existía la necesidad de precisar el alcance de la ley y que las usurpaciones sean solamente para situaciones muy particulares, como el caso de personas pasibles de lanzamientos por créditos hipotecarios o créditos UVA”.

“Además, propusimos un artículo donde precisamos que quedan excluidas de la suspensión todas las usurpaciones y también las tomas colectivas de terrenos, esto es para dejar en claro que los jueces tienen las herramientas necesarias para producir los desalojos ante la una situación de usurpación ilegal", concluyó.

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