Jubilados, pensionados y asignaciones: quiénes cobran este viernes 23 de abril

La Administración Nacional de la Seguridad Social continúa con el cronograma de pago del cuarto mes del año.

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Los jubilados y pensionados con DNI finalizado en 9 y cuyos haberes no superen los $ 23.120 podrán cobrar hoy el beneficio correspondiente a abril en las sucursales bancarias por ventanilla.

También este viernes cobran los beneficiarios de las asignaciones familiares y la Universal por Hijo (AUH) con documentos finalizados en 9, con tarjeta de débito, indicó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

En el caso de jubilados y pensionados, la Anses recordó que si bien los titulares no tienen que solicitar turno previo para cobrar este beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas que corresponden según la terminación del DNI.

Además, el organismo a cargo de Fernanda Raverta puntualizó que los haberes de jubilados y pensionados que no concurran el día indicado permanecerán depositados en sus cuentas.

 

Quiénes cobran los bonos de abril y mayo

 

Al aumento del 8,07% dispuesto en marzo se sumarán dos bonos de $1500 en abril y mayo para todos los jubilados y pensionados con ingresos de hasta $30.856. De esa manera, el haber mínimo pasará a ser de $22.071 en abril y mayo.

En el Decreto 218/2021 que oficializó la ayuda económica se detallan quiénes podrán cobrar el bono extraordinario de $1500 y cuáles son los requisitos para acceder:

 

  • Jubilados;
  • Pensionados;
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM);
  • Pensiones no contributivas por vejez, invalidez;
  • Madres de siete hijos o más;
  • Beneficiarios de Pensiones no Contributivas (PNC) y graciables que abona la Anses;
  • Los beneficios se deben encontrar vigentes en el mismo mes en que se realice su liquidación;
  • Cobrar hasta $30.857,16 por la suma de los haberes de todas sus prestaciones actuales;
  • En el caso de las personas que perciben un importe superior el monto del bono extraordinario será la suma necesaria para alcanzar los $32.357,16;
  • Los subsidios extraordinarios no serán susceptibles de descuento alguno ni computables para ningún otro concepto.

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