viernes, abril 19, 2024

Trabajadores del Poder Judicial volverán a la presencialidad desde el 1 de septiembre

La Corte Suprema de Justicia resolvió la vuelta a la actividad presencial de los tribunales federales y nacionales.

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La Corte Suprema de Justicia determinó que desde el 1 de septiembre los tribunales federales y nacionales deberán volver a la actividad presencial en sintonía con la decisión que ya había tomado el Ministerio Público Fiscal.

Los convocados serán todos los magistrados, funcionarios y empleados, incluso los mayores de 60 años, que ya hayan recibido al menos una dosis de alguna vacuna contra el coronavirus con excepción de las mujeres embarazadas y quienes son de riesgo.

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La decisión fue rubricada por los magistrados Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti y sostiene que “todo el personal deberá adoptar las medidas de prevención e higiene en el ámbito de trabajo”.

Vale recordar, que hace diez días el Procurador interino, Eduardo Casal, también había firmado una resolución para volver gradualmente a la presencialidad en todas las fiscalías del país y en las dependencias del Ministerio Público Fiscal.

En la misma sintonía, el Estado Nacional resolvió que, desde el próximo lunes 23 de agosto se volverá de manera escalonada a la presencialidad en las dependencias de la administración pública.

En cuanto a la decisión de la Corte Suprema, los jueces sostuvieron que “en las actuales condiciones corresponde adoptar las medidas pertinentes a fin de que la prestación del servicio de justicia pueda efectuarse de un modo más eficiente”.

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“Con ese objetivo el Tribunal advierte que resulta necesario contemplar los efectos de la vacunación contra el COVID-19, respecto de la convocatoria a prestar actividad presencial de aquellos agentes que no padezcan enfermedades”, expresaron los magistrados.

A la vez, los jueces detallaron que “los mayores de 60 años que tengan al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas podrán ser convocados a prestar servicios en forma presencial una vez transcurridos 14 días de la inoculación”.

En este sentido, los ministros subrayaron que los responsables de cada superintendencia deberán adoptar “las acciones tendientes a adecuar la actuación de los tribunales a las particulares circunstancias de su circunscripción territorial”.

 

 

“Las funciones y tareas que se incorporen deberán llevarse a cabo siempre en base a la situación epidemiológica de cada jurisdicción o localidad y mediante el adecuado resguardo de la salud del personal del Poder Judicial de la Nación”, indicó la medida.

En cuanto a los trabajadores que quedan exceptuados, se precisó que se concedió “una licencia excepcional con goce de haberes y de carácter voluntario para todos aquellos mayores de 60 años o que padecieran enfermedades o mujeres embarazadas”.

 

 

 

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