Este miércoles la Cámara de Diputados bonaerense aprobó el proyecto de ley que reglamenta un nuevo protocolo para el funcionamiento de la Cámara Gesell, que apunta a garantizar el cumplimiento de los derechos de los menores y discapacitados que hayan sido víctimas de delitos o sean citados como testigos.
“Para nosotros la media sanción a este proyecto es muy importante porque la falta de protección en la niñez, esto está demostrado, tiene consecuencias permanentes y son irrecuperables en muchos casos, por lo que todas estas normas que sancionamos y discutimos tienen un impacto real en la vida de la gente”, afirmó la autora de la iniciativa, Lucía Iañez.
Es preciso mencionar que, el proyecto de autoría de la diputada bonaerense de Unión por la Patria, Lucía Iañez, culminó su paso por comisiones en agosto con el dictamen favorable que obtuvo en el cuerpo parlamentario de Asuntos Constitucionales y Justicia que conduce la legisladora peronista, Susana González.
En concreto, la iniciativa de Iañez busca que los niños, niñas, adolescentes y/o discapacitados que sean citados como testigos de un delito, solo puedan ser convocados una vez a una audiencia y, que la misma, sea videograbada con el fin de que las autoridades judiciales puedan acudir a ella cada vez que lo requieran, sin llamar al testigo. “De esta manera se evita una revictimización”, explicó la autora.

Además, la legisladora destacó que la iniciativa busca que sea de “aplicabilidad real, fácil de trabajar pero sobre todo que traiga soluciones a miles de niños, niñas y adolescentes y familias porque esto es un problema integral”.
“Es que, estos son problemas de las mamás que giran entre las defensorías oficiales, los juzgados de familias, entre los cuerpos auxiliares, esto viene a resolver una problemática enorme, que tienen todos esos niños cada vez que tienen que ir a declarar una vez y otra vez en un plano de re-victimización absoluto“, amplió Iañez.
En concreto, según explicó a este medio la diputada bonaerense, con el nuevo protocolo de Cámara Gesell, los sujetos señalados no tendrían por qué tener contacto con los imputados, ni con el personal policial o la alcaldía, y su declaración en el proceso judicial se realizará “mediante un sistema de Circuito Cerrado de Televisión” y fuera de la “sede del Fuero Penal”.
A su vez, Iañez recordó que el nuevo protocolo incopora a a las personas con padecimientos mentales, que hasta ahora no figuraban en la normativa. “Sabemos que una persona mayor de edad pero con un padecimiento mental severo precisa de una protección, acompañamiento especial, para esto se creó la Cámara Gesell“, argumentó.
Vale recordar que, el proyecto fue presentado en octubre de 2023 por una solicitud de la Suprema Corte bonaerense y recibió la aprobación de las comisiones de Niñez, Adolescencia y Familia, Legislación General, Asuntos Constitucionales y Justicia y Presupuesto e Impuestos en diciembre de ese mismo año, pero su falta de tratamiento en el recinto hizo que pierdiera estado parlamentario.
En ese orden, Lucía Iañez reprodujo su proyecto de reglamentación de la Cámara Gesell en marzo de este año y volvió a tener el visto bueno de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, de Niñez, Adolescencia y Familia y de Legislación General, con lo cual volvió a quedar habilitado para que los diputados bonaerenses finalmente le den la media sanción.
Diputados: los objetivos del proyecto de Cámara Gesell
- Implementar un marco regulatorio para la declaración en el marco de procesos penales de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad o padecimientos mentales víctimas/testigos de delitos que garantice sus derechos.
- Evitar toda forma de revictimización y cualquier eventual modo de violencia institucional al que pueda exponerse durante la recepción de la declaración a niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad o padecimiento mental.
- Reconocerlos como sujetos de derecho y no como objetos de observación ni medios de prueba, siendo su declaración la oportunidad en que los mismos ejercen su derecho a ser oídos. Asegurando que la recepción de sus declaraciones se realice en condiciones de cuidado y respeto.
- Garantizar a los sujetos el resguardo de su interés superior y su efectiva protección especial desde la denuncia del hecho. Asimismo deberá garantizarse a la víctima y su familia asistencia jurídica especializada, que garantice su acceso a la justica y tutela judicial efectiva. Para ello, podrá arbitrarse la designación de un abogado del Niño
- Asegurar una única convocatoria en la que se despliegue una escucha especializada, pronta a la denuncia y videograbada para su uso en toda instancia judicial o administrativa.
- Reconocer la declaración de las víctimas en situación de vulnerabilidad como un acto único e irreproducible, que tendrá validez en toda instancia judicial o administrativa en la que se aborde el caso.
- Arbitrar un ámbito edilicio acondicionado y elegido al efecto para el desarrollo de la entrevista previa y la oportuna escucha mediante sistema de Circuito Cerrado de Televisión o dispositivo simil pertinente. Tal ámbito deberá encontrarse fuera de la sede del Fuero penal a fin de abstener el contacto con otros imputados o personal policial uniformado.
- Impedir todo contacto del niño, niña, adolescente o persona con discapacidad o padecimiento mental, con el denunciado o imputado
- Facilitar y fomentar la comunicación entre el Fuero Penal, de Responsabilidad Penal Juvenil, de Familia y los organismos administrativos que por algún motivo tomarán intervención en el abordaje del caso.





