La candidatura a diputado provincial de Facundo Tignanelli, actual presidente del bloque de Unión por la Patria en la Legislatura bonaerense y principal líder de La Cámpora en la Tercera sección electoral, quedó en suspenso luego de que la Justicia revocara la medida cautelar que lo habilitaba a postularse, por lo que ahora será la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires la que defina si puede o no competir en los comicios del próximo 7 de septiembre.
Es que, en un fallo reciente, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata consideró que la acción de amparo presentada por el dirigente de La Cámpora fue “prematura”, y dejó sin efecto la medida cautelar que lo habilitaba a postularse por la reelección de su banca, aunque remarcó que eso no impide que su caso sea evaluado por la Junta Electoral. “Esto ya no depende de la Justicia, sino del análisis que haga el organismo competente”, explicaron fuentes judiciales.
Es preciso mencionar que, el conflicto legal del líder de La Cámpora surgió a partir de las restricciones a las reelecciones establecidas en la ley N°15.315, que limita los mandatos consecutivos de legisladores bonaerenses. Tignanelli fue electo en 2017 y, aunque no integró la lista titular en 2021, ocupó una banca en 2023 luego del pedido de licencia de Federico Otermín, hoy intendente de Lomas de Zamora.
En ese sentido, la ley indica que los mandatos iniciados tras las elecciones de 2017 y 2019 serán tomados como primer período, y que en los casos de reemplazo, como el suyo, el tiempo efectivo en el cargo es determinante. Según el escrito que revocó la cautelar, el legislador quedó en una zona gris legal que ahora deberá resolver la Junta Electoral.
Uno de los puntos clave del debate jurídico gira en torno a los días exactos que Tignanelli ejerció como diputado suplente. Es que, de acuerdo al constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien presentó un dictamen a pedido del Partido Justicialista bonaerense, el límite para considerar como mandato pleno un reemplazo legislativo es de 730 días. El actual diputado ocupó la banca por 721 días, apenas 9 menos de lo estipulado.

Esto abre una posibilidad técnica para que la Junta Electoral habilite su candidatura, aunque no hay certezas sobre cuál será la resolución final. Mientras tanto, desde La Cámpora evitan pronunciamientos públicos sobre el tema, aunque internamente siguen de cerca cada paso del proceso.
El origen del problema surgió cuando Tignanelli inscribió su candidatura en el sistema oficial de la Junta Electoral y le apareció la leyenda “candidato no habilitado” por haber sido reelecto en al menos dos mandatos consecutivos. La medida cautelar buscaba revertir esa condición, pero el fallo de la jueza Claudia Milanta consideró que el camino adecuado era esperar la decisión del órgano electoral.
La definición del caso Tignanelli es clave para el armado legislativo de Fuerza Patria en la Tercera sección electoral, una región estratégica por su peso político y territorial. De no ser habilitado, La Cámpora perdería a uno de sus principales referentes en la Legislatura, justo en un contexto donde el oficialismo busca rearmarse frente a los avances de la oposición en la provincia.
Elecciones 2025: qué dice la ley sobre las reelecciones y por qué compromete al líder de La Cámpora
Es preciso mencionar que, la Ley N°15.315, aprobada por la Legislatura bonaerense en 2022, fijó límites estrictos para las reelecciones de intendentes, concejales, legisladores provinciales y consejeros escolares, y según su artículo 7°, se considera como primer período a los mandatos iniciados en 2017 y 2019.
En casos como el de Tignanelli, donde el legislador accede al cargo como suplente, se estipula que será considerado un mandato efectivo si se superan los dos años de ejercicio (730 días). Esta precisión es la que hoy complica la postulación del diputado de La Cámpora, ya que su reemplazo fue de 721 días, apenas por debajo del límite legal.
En su argumentación, el constitucionalista Gil Domínguez planteó que aplicar una restricción sobre un período incompleto sería inconstitucional, ya que el espíritu de la norma es evitar la perpetuidad en el cargo, algo que no sucedería en este caso.
Ahora, la Junta Electoral deberá resolver con base en estos antecedentes y definirá si la interpretación formal de los días alcanza para desestimar la candidatura o si, por el contrario, se la considera válida. Su decisión podría sentar un precedente para casos similares de aquí en adelante.





