jueves, abril 25, 2024

Cuándo tienen que volver a tratabajar quienes tuvieron Covid o fueron contacto estrecho

El ministerio de Trabajo estableció el protocolo para el regreso al trabajo presencial de las personas que tengan diagnóstico confirmado de Covid o sean contacto estrecho.

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Ante las dudas de los empleados y ciertas irregularidades en los protocolos que llevaban adelante algunos empleadores, el Ministerio de Trabajo difundió hoy las recomendaciones elaboradas por la cartera de Salud para el regreso al trabajo presencial de las personas que tengan diagnóstico confirmado de Covid o sean contacto estrecho.

“Pese al aumento exponencial de contagios, gracias a la cobertura de la campaña de vacunación, la cartera de Trabajo tomó las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud en el actual contexto epidemiológico”, señala la resolución del Ministerio de Trabajo.

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Es que, a partir de la masividad de contagios que provocó en la tercera ola Covid la variante Omicron, el ministerio de Salud planteo nuevos protocolos y tiempos de aislamiento para positivos y contactos estrechos, que se formalizaron en la resolución para dejar de generar conflictos entre empelados y empleadores.

Se establecieron criterios para saber cuándo debe regresar al trabajo un caso positivo o un contacto estrecho.
Se establecieron criterios para saber cuándo debe regresar al trabajo un caso positivo o un contacto estrecho.

Asimismo, el documento firmado por Claudio Moroni resolvió que “los trabajadores que tengan diagnóstico de COVID que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta” dependiendo de distintas circunstancias”.

Aislamiento Covid: cómo es para los casos confirmados

  • En el caso de los casos confirmados de Covid sin vacunación o con esquema incompleto, se precisa que “podrán hacerlo a los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico”.
  • Para casos confirmados de Covid con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo), la normativa establece que podrán regresar al trabajo “a los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los 3 días posteriores de cuidados especiales”.
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En todos los casos confirmados de Covid, “los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la app Mi Argentina“, agrega la resolución del ministerio de Trabajo.

Aislamiento Covid: cómo es para los contactos estrechos

Los contactos estrechos asintomáticos podrán continuar con sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, en función de tres situaciones:

  • Los contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de cinco meses de la aplicación de la última dosis) podrán regresar a sus actividades laborales a los diez días desde el último contacto con el caso confirmado.
  • Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo  (esquema de dosis única, de dos dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido Covid en los últimos 90 días, “podrán continuar con sus actividades laborales siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias”.
  • Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo más refuerzo con más de 14 días de la última aplicación podrán volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
    A su vez,  contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo más refuerzo con más de 14 días, deberán “maximizar medidas preventivas y realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria”.

En caso de ser contacto estrecho y cumplir las condiciones para no tener que hacer aislamiento, se debe maximizar las medidas preventivas y se sugiere la realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día”, y luego “deberán realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

En todos estos casos, según la resolución del Ministerio de Trabajo, los empleadores “deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los trabajadores”, en el contexto de pandemia por Covid

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