sábado, abril 19, 2025

Declaran la emergencia agropecuaria por sequía para Saavedra y Villarino

El gobierno de la provincia de Buenos Aires, a través Ministerio de Desarrollo Agrario dictó el estado de Emergencia Agropecuaria para los distritos de Saavedra y Villarino.

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El Gobierno bonaerense declaró el estado Emergencia Agropecuaria para los municipios de Saavedra y Villarino, producto de la sequía registrada en los territorios provinciales, por medio de las resoluciones 219 y 220 del Ministerio de Desarrollo Agrario mediante publicadas hoy en el Boletín Oficial.

Desde la cartera de Desarrollo Agrario fundamentaron la emergencia agropecuaria en Saavedra y Villarino por “la situación por la que atraviesan, con motivo de fenómenos naturales adversos de carácter extraordinario, debido a la magnitud de los perjuicios sufridos a nivel predio”.

En esta línea, desde el Ministerio brindaron pormenores sobre el cuadro de Emergencia Agropecuaria que atraviesan las zonas afectadas de Saavedra y Villarino e informaron  que “la circunstancia ha sido evaluada por la Comisión Local de Emergencia y por el área técnica específica mediante el análisis de información edáfica, meteorológica y satelital”.

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Además, en el artículo 3 de la resolución de Emergencia Agropecuaria se especificó que, la medida alcanza exclusivamente, a las productoras y los productores que desarrollen como actividad principal la explotación agropecuaria en los establecimientos ubicados en los partidos de Saavedra y Villarino.

Asimismo, señalaron que “se entiende procedente declarar el estado de Emergencia Agropecuaria con carácter Individual para explotaciones con arreglo a lo dispuesto en por el artículo 6º de la Ley Nº 10.390 y sus modificatorias, y con ello permitir a las productoras y productores alcanzados acogerse a los beneficios contemplados en el artículo 10 apartados 1 y 2 de la citada Ley”.

En lo que refiere al aspecto económico, se dio intervención a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), a fin de que adopte las medidas conducentes a la efectivizarían de los beneficios tributarios previstos y al Banco de la Provincia de Buenos Aires, para que tome las medidas vinculadas con los beneficios crediticios previstos.

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