En el marco de las negociaciones que afronta el oficialismo de La Libertad Avanza para que el Congreso de la Nación apruebe la ley ómnibus y el DNU, el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires se expresó en contra de las medidas impulsadas por el presidente Javier Milei al señalar que las mismas son “regresivas en materia sanitaria”, y llamó a los legisladores a no acompañar ambas iniciativas.
“Consideramos al DNU un acto orgánico y sistemáticamente regresivo en materia sanitaria, dado que el mismo genera un grave avasallamiento a la profesión farmacéutica en su totalidad, afectando directa e indirectamente derechos sociales y humanos, como el de la Salud y el Acceso al Medicamento”, indicó el Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos bonaerenses.
En ese sentido, los farmacéuticos bonaerenses expusieron que el DNU de Milei busca desregular el sistema sanitarista y el modelo de propiedad de las farmacias, al que consideraron “ejemplar a nivel mundial”. Según la entidad, de aprobarse este decreto se establecería que cualquier figura podría liderar una farmacia, “eliminando el bloqueo exclusivo y excluyente de título profesional en un solo establecimiento sanitario”.
“Impacta directamente en la responsabilidad única e ilimitada que el profesional poseía en su ejercicio profesional, menoscabando las garantías de calidad del servicio farmacéutico”, disparó el Colegio, que agregó: “El DNU afecta el control efectivo de la dispensa de los medicamentos“.
De acuerdo a los farmacéuticos bonaerenses, el DNU permite que un individuo pueda ser titular de varios establecimientos al mismo tiempo, lo que generaría una desprofesionalización en las farmacias, y causaría que los pacientes no cuenten con la posibilidad de contar con una persona competente en el horario en el que esté abierto el lugar. “El profesional es quien refrenda con su firma cada una de las recetas dispensadas, y sin la presencia real y efectiva del mismo será de cumplimiento imposible que pueda refrendar todas las recetas dispensadas en su ausencia”, evaluaron.
En tanto, el Colegio de Farmacéuticos bonaerenses remarcó que el DNU de Milei va en contra del artículo 2 de la Legislación Sanitaria Nacional (Ley N° 25.649), que prevé que toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique.
“El DNU que viene a reglamentar este artículo, agrega la posibilidad de que el profesional de la salud facultado a prescribir especialidades medicinales consigne la sugerencia de un nombre o marca comercial. Resulta al menos llamativo que, a través de una norma reglamentaria, se modifique una ley, alterando de tal modo el espíritu de la misma”, cuestiona el organismo.
Asimismo, los farmacéuticos bonaerenses profesaron que el artículo 3 de este segmento del DNU busca cambiar los requisitos para la venta de medicamentos, permitiendo que los mismos puedan comercializarse fuera de las farmacias, lo que “suplantaría” las funciones que desempeñan los profesionales del sector.
“Pretenden emular y de algún modo suplantar de modo deficiente las funciones que desempeñan los farmacéuticos, entregándoles el ejercicio de actividades profesionales que son reservadas al título de farmacéutico a personas que no tienen ningún tipo de formación académica ni profesional al efecto, con los consiguientes peligros que entrañan para la salubridad”, denunció la entidad.
Por último, el Colegio de Farmacéuticos bonaerense determinó que el DNU le sacaría al profesional la potestad de ser el único capacitado para “la debida dispensa de especialidades medicinales que requieren recetas, como así también para su sustitución”. Según señalaron, el decreto de Milei habilitará a droguerías a despachar recetas en las que se prescriban medicamentos oncológicos o de tratamientos especiales que se encuentren listados por la autoridad de aplicación.
“Este Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires trabajará incansablemente contra las medidas decretadas por el DNU y contra toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fuera dictado en su cumplimiento, por transgredir arbitraria e incondicionalmente al ejercicio profesional farmacéutico, al sistema sanitarista vigente y al derecho de salud de todos los habitantes de la República Argentina”, sentenció el organismo.