miércoles, diciembre 6, 2023

Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad: requisitos, plazos y distribución

El Gobierno de Axel Kicillof reglamentó el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad incluido en el Presupuesto 2022 que sancionó la Legislatura bonaerense en diciembre pasado.

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El Gobierno de la provincia de Buenos Aires avanzó este miércoles en la reglamentación de la letra chica del Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad destinado a la compra nuevos patrulleros, cámaras de seguridad, reparaciones de las flotas de automóviles, arreglar comisarías y hacer frente a otros servicios de seguridad.

El Presupuesto 2022 dispuso en su artículo 51 la creación del Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad, por hasta $7 mil millones para ser destinado a los 135 municipios con el objeto de fortalecer las políticas en territorio provincial, como parte de un acuerdo parlamentario entre el oficialismo y la oposición.

El Gobierno reglamentó el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad.
El Gobierno reglamentó el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad.
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En la Resolución N° 317/2022 del Ministerio de Seguridad publicada hoy en el Boletín Oficial bonaerense, se reglamentaron los requisitos, condiciones y pautas que deberán cumplir las comunas para acceder a los recursos dispuestos por el Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad.

La normativa también estableció cómo será criterio para avanzar en el reparto de las partidas entre los 135 distritos bonaerenses y para qué se podrán usar esos recursos dispuestos en el Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad, creado por la Legislatura bonaerense en diciembre pasado.

Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad: para qué se podrá usar

  • La adquisición de nuevos móviles policiales: vehículos, motovehículos y/o excepcionalmente otro vehículo automotor, homologado por la Autoridad competente de este Ministerio de Seguridad;
  • Refacciones de dependencias de seguridad;
  • Reparación de móviles policiales existentes;
  • Cámaras de seguridad, sistemas de monitoreo y alertas;
  • Obras de infraestructura de seguridad u otras obras cuya necesidad cuente con la debida justificación de la/Intendenta/e, la que deberá contar con autorización expresa del Ministerio de Seguridad;
  • Hasta un 10% en otros gastos asociados a los servicios de seguridad.

Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad: cómo será el reparto  

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En cuanto al reparto de esos fondos, se fijó en la medida que “el coeficiente combinado de distribución de los recursos del Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad a los municipios compuesto en un 50% por el Coeficiente Único de Distribución (CUD) vigente y en un 50% de acuerdo a los ingresos corrientes percibidos durante el ejercicio 2019″.

En este sentido, la distribución vía CUD toma en cuenta indicadores poblacionales, de caudal turístico, y de capacidad potencial absoluta, y sopesa el nivel de recaudación de tasas y los servicios prestados a través efectores de salud locales, ítem en el que se evalúa las posibilidades de internación.

Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad: los requisitos   

Para su otorgamiento, los 135 municipios bonaerenses “deberán presentar ante la Subsecretaría de Planificación e Inteligencia Criminal de este Ministerio de Seguridad, la solicitud de participación en el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad“.

El artículo 3° de la normativa que reglamenta Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad también detalla que “dicha solicitud será tomada como un compromiso de aplicación y habilitará a las actuaciones administrativas para poner a disposición de los mismos, el 31 de marzo de 2022 o hasta 5 días posteriores a esa presentación, el primer desembolso 30% de los recursos que le correspondan”.

En ese contexto, “dentro del plazo de 60 días” del dictado de la resolución las comunas bonaerenses deberán presentar “la totalidad de la documentación de planes de inversión, programas y/o proyectos en que se aplicaron y/o aplicaran los recursos del Fondo; la que deberá ser debidamente refrendada por la/el Intendenta/e”.

“Aprobados y/o convalidados por las áreas competentes de este Ministerio en el plazo máximo de 10 días corridos de recibidos, los planes de inversión, programas y/o proyectos del artículo anterior, la Subsecretaría de Planificación e Inteligencia Criminal, mediante el dictado del acto administrativo pertinente comunicará la misma a los Municipios”, añade la normativa sobre el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad.

La reglamentación del Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad establece cómo será el reparto.
La reglamentación del Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad establece cómo será el reparto.

En tanto, el artículo 6° de la resolución define que “al 30 de junio de 2022 el Municipio, deberá presentar ante este Ministerio de Seguridad la rendición de al menos el 25% de la totalidad de los fondos asignados y al 31 de octubre la rendición de al menos el 50% de los fondos asignados”.

También la normativa que reglamentó el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad resolvió que “a los 30 días de cumplido cada uno de los planes de inversión, programas y/o proyectos el Municipio, mediante instrumento refrendado por la/el Intendenta/e, deberá presentar ante este Ministerio de Seguridad un informe final sobre su ejecución e incidencias en las políticas de seguridad provincial”.

“Realizada por el Municipio la rendición parcial del 25% establecida, la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, impulsará las actuaciones administrativas necesarias para poner a disposición del Municipio el segundo desembolso, de un 40% de los recursos del Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad que le correspondan, antes del 30 de junio de 2022”, definió el artículo 8°.

A su vez, la normativa resolvió que “para los municipios que antes del 30 de junio de 2022 hubieran rendido a este Ministerio de Seguridad la totalidad de los fondos asignados hasta ese momento, la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, impulsará las actuaciones administrativas necesarias tendientes a completar el desembolso del 30% restante”.

La reglamentación del Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad también define los requisitos para los municipios.

“Realizada por el Municipio la rendición al 31 de octubre de al menos el 50% de los fondos asignados establecida en el artículo 6°, la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, impulsará las actuaciones administrativas necesarias para poner a disposición del Municipio el tercer desembolso, de un 30% de los recursos del fondo que le correspondan, el 31 de octubre de 2022”, estipuló el artículo 10°.

Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad: la resolución

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