La promesa que el gobernador Axel Kicillof realizó durante la apertura de sesiones ordinarias en marzo sobre redactar una ley que regular el trabajo de repartidores de apps, sigue tomando forma. En las últimas horas, el ministro de Trabajo bonaerense, Walter Correa, se refirió a la iniciativa y sostuvo que es “imperioso” que sea sancionada tanto en la Legislatura como en el Congreso de la Nación.
Las palabras del funcionario bonaerense se produjeron en el marco de una mesa de debate titulada Trabajo en Plataformas: Estado, Empresas y Derecho. En ese mismo panel se encontraba el diputado nacional Hugo Moyano (hijo), quien presentó un proyecto sobre las plataformas de deliverys digitales en el Congreso.
Según precisó el legislador peronista, su propuesta se “alinea” con la iniciativa que se encuentra redactando la gestión de Kicillof, y adelantó que será “pionera” en la materia. “Avanzamos hacia un marco regulatorio que garantice derechos en la nueva realidad del trabajo”, sostuvo.
Si bien el proyecto de ley de apps de delivery no ingresó a la Legislatura, el ministro Correa adelantó alguno de los lineamientos que tendrá el texto parlamentario, el cual estará basado en recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
“Lo que buscamos es sostener y mantener un piso de derechos para estas trabajadoras y trabajadores, brindar protección y dignidad a miles que deliberadamente fueron excluidos de la ley de pseudo modernización laboral“, deslizó el ministro de Trabajo.

De acuerdo a Correa, la ley de apps de deliverys de apps tiene 4 pilares fundamentales: la obligación de seguro de accidentes, la creación de una aplicación de asistencia, la inspección de los “market” y el establecimiento de paradores gratuitos para los repartidores.
Con respecto al primer punto, las empresas de deliverys deberán contratar un seguro de accidentes personales que garantice la cobertura total frente a los riesgos de la actividad, con principal énfasis en los siniestros viales.
En cuanto a la aplicación de asistencia, la misma incluirá un botón de pánico ante situaciones de inseguridad, un aviso de emergencia en salud ante un choque, una serie de descuentos en insumos esenciales como cascos o repuestos, y asistencia sobre derechos básicos como seguros y licencias de trabajo.
En tanto, el control de las llamadas “tiendas invisibles”, busca que el Ministerio de Trabajo pueda inspeccionar los centros a puertas cerradas cuyo interior está escondido por ventanas polarizadas, que es donde los repartidores suelen retirar varios productos que las apps de delivery ofrece con descuentos. En caso de “PedidosYa”, son los PedidosYa Market.
Por último, el proyecto también contempla la creación de paradores gratuitos para que los repartidores puedan asearse, guardar objetos personales y herramientas de trabajo, y acceder a agua potable.
Vale recordar que esta iniciativa había sido propuesta por primera vez en abril del 2022 por el entonces senador del peronismo e histórico líder del Canillitas, Omar Plaini, que propuso que los repartidores debían inscribirse en un registro una vez por año para que Trabajo les expida certificados habilitantes. Aunque consiguió media sanción de la Cámara, nunca fue tratada por Diputados debido a una serie de protestas de trabajadores de apps de deliverys y a la posterior luz roja del propio Sergio Massa (ver historia completa en esta nota).

A la espera de la ley de Kicillof, el peronismo celebró un fallo sobre las apps de deliverys
El pasado 22 de abril, desde el bloque de senadores de Fuerza Patria presentaron un proyecto para destacar un fallo de la Suprema Corte bonaerense que reconoce a los deliverys de aplicaciones como empleados.
A mediados de ese mes, el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires rechazó los recursos extraordinarios presentados por Rappi Argentina y Repartos YA S.A, y validó las sanciones impuestas por el Ministerio de Trabajo bonaerense ante infracciones a la normativa laboral vigente por parte de ambas empresas. En síntesis, la Suprema Corte bonaerense definió que los repartidores de apps están en una relación de dependencia.
Según los senadores oficialistas, el fallo de la Suprema Corte bonaerense da cuenta que la Justicia ratificó las facultades del Estado para ejercer de “policía” en materia laboral, al reconocer las sanciones impuestas por el Ministerio de Trabajo. “Esto garantiza la operatividad del sistema de fiscalización laboral y evita que las normas protectorias se tornen meramente declarativas”, remarcaron.
En concreto, la cartera que comanda Walter Correa había iniciado la demanda tras una serie de inspecciones en las que corroboró que tanto Repartos Ya como Rappi Argentina mantenían sendas irregularidades laborales, como la falta de un registro de los trabajadores, la ausencia de pago de salarios mínimos y fallas en materias de seguridad social.
En su descargo, las dos firmas alegaron que los repartidores operan en un esquema de autonomía, bajo un vínculo de prestación de servicios y no a través de un contrato laboral, lo que les permite escaparse de las normas que reclama el Ministerio de Trabajo. Ante la falta de entendimiento, el caso llegó a las manos de la Suprema Corte provincial, quien convalidó el rol de la cartera bonaerense para verificar el cumplimiento de las leyes y descartó los planteos esgrimidos por Rappi y Repartos Ya.
Por caso, la Suprema Corte consideró que ninguna de las dos empresas de reparto esgrimió razones y pruebas suficientes para demostrar que no había un contrato laboral, por lo que Rappi deberá pagar una multa superior a los $16 millones. En cuanto a Repartos Ya, la Suprema Corte puso la lupa en ocho situaciones específicas en los que no quedó claro la existencia de un vínculo de trabajo, y ordenó que se conforme una nueva instancia judicial en la que se trate específicamente los casos observados.




