La cobertura de las vacantes en los Juzgados de Paz del interior bonaerense podría dar un giro si avanza un proyecto presentado por el diputado de Fuerza Patria, Ricardo Lissalde, que busca flexibilizar, en determinados casos, el requisito de residencia de los postulantes. La iniciativa apunta a destrabar los concursos, ampliar el universo de candidatos y evitar que numerosos juzgados permanezcan durante meses, e incluso años, sin un magistrado titular.
En ese sentido, el legislador propone reformar el artículo 173 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires, que actualmente exige a quienes aspiren a ser jueces de Paz acreditar una residencia inmediata de al menos dos años en el distrito donde pretenden desempeñarse. El proyecto mantiene ese requisito como regla general, pero incorpora una excepción para aquellos concursos en los que no se logre conformar una terna, habilitando la postulación de abogados que acrediten dos años de residencia en cualquier municipio perteneciente al mismo Departamento Judicial.
De esta manera, el texto intenta resolver una dificultad que, según explicó Lissalde en los fundamentos del proyecto que ingresó a la Legislatura bonaerense, se repite en numerosos concursos del interior. “Hoy al Consejo de la Magistratura se le hace muy difícil sortear este requisito de manda constitucional, y cumplir con todo lo exigido legalmente para conformar la terna”, sostuvo el legislador, al señalar que en muchos distritos pequeños no se logra reunir el mínimo de tres postulantes necesarios para elevar una propuesta al Poder Ejecutivo.
En ese sentido, el diputado explicó que la escasez de abogados que cumplen con el requisito de residencia provoca “demora injustificada y postergaciones innecesarias para cubrir las vacantes”, lo que termina por afectar el funcionamiento de la Justicia de Paz. Según remarcó, estos tribunales constituyen el servicio judicial más cercano para los vecinos del interior bonaerense y atienden asuntos cotidianos de gran impacto social.
Entre las competencias de los jueces de Paz figuran conflictos civiles, comerciales y de familia de menor cuantía, además de intervenir con urgencia en medidas cautelares vinculadas a casos de violencia familiar y de género. Por eso, Lissalde advirtió que “un Juzgado de Paz vacante o cubierto por subrogancia en el interior de nuestra provincia es un bonaerense desprotegido, un menor sin asistencia urgente o una PYME local paralizada”.

En los fundamentos del texto, el diputado del peronismo también explica que el requisito de residencia tenía mayor sentido cuando los jueces de Paz eran designados bajo otro sistema y el conocimiento directo de la comunidad resultaba un aspecto central. Sin embargo, Lissalde considera que la realidad actual cambió, y que mantener esa exigencia de manera estricta “condena a estas comunidades a depender crónicamente de jueces subrogantes o suplentes de ciudades vecinas”, lo que resiente la inmediatez y la eficiencia del servicio de justicia.
Como ejemplo, el proyecto menciona distritos donde las vacantes persisten desde hace años, entre ellos Tordillo, General Lavalle, Rauch, Saavedra y Punta Indio. En esos casos, si no hubiera tres postulantes con residencia en el municipio, podrían integrarse abogados radicados en otras localidades del mismo Departamento Judicial, preservando así un criterio de cercanía territorial sin impedir la cobertura de los cargos.
Por otra parte, la iniciativa establece que la modificación del artículo 173 deberá seguir el procedimiento previsto para las enmiendas constitucionales, que establece que en caso de que la Legislatura bonaerense apruebe la declaración de necesidad de reforma, el Poder Ejecutivo deberá convocar a un plebiscito en la primera elección que se realice para que el electorado de la provincia de Buenos Aires se pronuncie a favor o en contra de la propuesta, además de garantizar la difusión del texto sometido a votación.





