martes, abril 23, 2024

Monotributo: las apelaciones a las recategorizaciones de oficio se podrán hacer de manera virtual

Mediante una resolución general, se modificó la normativa del monotributo para que los usuarios puedan apelar a las recategorizaciones de oficio de manera virtual

Categorías:

Mediante una resolución general publica en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la normativa del monotributo para que los usuarios puedan apelar a las recategorizaciones de oficio de manera virtual, a través de la página web oficial del organismo.

Lo que sucede, es que cada mes de enero, los pequeños contribuyentes tienen tiempo hasta el día 20 para reubicarse en la tabla de categorías del monotributo, en caso de que sea necesario. Es por esto, que AFIP tiene la capacidad de recategorizar por oficio al usuario si se verifica que no lo hizo.

- Publicidad -

De esta forma, en caso de que el usuario de monotributo necesitara apelar la recategorización, si la fiscalización se realizó presencialmente hasta el día de hoy solo se podía apelar por escrito. Gracias a la modificación de la normativa, ahora el contribuyente puede hacerlo en la página web oficial de AFIP.

Para apelar la recategorización, una vez el contribuyente se encuentra en la web de AFIP, puede hacerlo a través del trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término” que se encuentra en el servicio “Presentaciones Digitales”.

Vale aclarar que, en caso de que la persona no presente el trámite de recategorización, se fija la nueva categoría de monotributo de manera automática, de acuerdo a los cálculos del organismo tributario.

En la resolución sobre el monotributo, la AFIP refiere a la apelación virtual que tiene como objetivo “readecuar los procedimientos vigentes para la interposición del recurso de apelación”, teniendo en cuenta “los avances tecnológicos desarrollados” para “facilitar la interacción de dichos sujetos con los canales de comunicación del organismo”.

Monotributo: el reajuste de la tabla para recategorizar contribuyentes

- Publicidad -

En un marco de inflación que llegó al 94,8% anual en 2022, los valores de los topes de facturaciones máximas anuales para estar en el monotributo también subieron. A continuación, repasa los nuevos límites en las recategorizaciones en detalle:

  • Monotributo categoría A: $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes. 
  • Monotributo categoría B: $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
  • Monotributo categoría C: $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
  • Monotributo categoría D: $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
  • Monotributo categoría E: $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
  • Monotributo categoría F: $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
  • Monotributo categoría G: $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
  • Monotributo categoría H: $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
  • Monotributo categoría I: $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes.
  • Monotributo categoría J: $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
  • Monotributo categoría K: $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.

Más Leídas

Destacadas

Participá con tu comentario