Ordenan avanzar en el juicio contra los Camioneros por el bloqueo de Química Oeste en 2021

La Corte Suprema resolvió avanzar en el juicio oral y público contra el Sindicato de Camioneros por el bloqueo a la planta de la empresa Química Oeste.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió avanzar en el juicio oral y público contra dirigentes y afiliados del Sindicato de Camioneros acusados de haber bloqueado la planta de la empresa Química Oeste en mayo de 2021. El máximo tribunal dejó sin efecto los sobreseimientos dictados en instancias inferiores y habilitó la continuidad del proceso penal.

El conflicto se originó cuando, el 10 de mayo de 2021, un grupo de personas identificadas con el gremio se presentó en el depósito de la firma en Esteban Echeverría. Según la denuncia del empresario Carlos Dos Reis, los manifestantes llegaron en vehículos particulares, colocaron banderas del sindicato y advirtieron que “no se iba a mover nadie”, impidiendo tanto el ingreso de empleados como la salida de camiones.

La protesta se extendió durante varios días y se agravó el 17 de mayo, cuando nuevos grupos de manifestantes bloquearon nuevamente el acceso, lo que obligó a transportistas y clientes a retirar sus unidades sin poder cargar mercadería. Recién el 18 de mayo, tras la intervención de la Policía Bonaerense, se levantó el bloqueo.

El empresario denunció a los manifestantes por los delitos de extorsión, turbación de la propiedad e impedimento del trabajo. En la causa fueron imputados Néstor Fabián Arévalo, secretario general de la Delegación Monte Grande, junto a Fernando Emmanuel Arzola, Aldo Guerrero Wertel, Ulises Reinaldo Rodas, Miguel Ángel Acosta, Sergio Javier Pogonza, Roberto Casal y Humberto Castaño, entre otros.

El Juzgado de Garantías N° 2 de Lomas de Zamora había rechazado el sobreseimiento de los acusados y concedido la elevación a juicio, pero la Sala I de la Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora revocó esa resolución y dispuso el sobreseimiento total, al considerar que no se probó una conducta violenta destinada a turbar la posesión del inmueble.

La Corte Suprema resolvió avanzar en el juicio oral y público contra el Sindicato de Camioneros por el bloqueo a la planta de la empresa Química Oeste.
La senadora bonaerense, Florencia Arietto, es la representante de la empresa.

La querella, patrocinada por la abogada y senadora bonaerense, María Arietto, apeló sin éxito ante el Tribunal de Casación bonaerense y luego ante la Suprema Corte de Justicia provincial, que también desestimó el planteo. Finalmente, el caso llegó a la Corte Suprema de la Nación a través de un recurso extraordinario federal.

El máximo tribunal entendió que las instancias anteriores realizaron una interpretación arbitraria del derecho a huelga, al omitir el análisis de pruebas vinculadas a la afectación de derechos constitucionales como el de trabajar, ejercer industria lícita y la inviolabilidad de la propiedad privada. Para fundamentar su fallo, los jueces citaron el antecedente “Uzcátegui Matheus”, donde se había cuestionado un “injustificado rigor formal” en la valoración de pruebas.

Con esta decisión, el expediente vuelve a la instancia de juicio oral, en el que se analizarán los hechos ocurridos durante el bloqueo de la planta de Química Oeste y la responsabilidad de los dirigentes y afiliados de Camioneros involucrados.

El trasfondo del conflicto sindical en la Química Oeste

La protesta de 2021 se originó en un reclamo del gremio por el encuadramiento laboral de los trabajadores de Química Oeste. Según la empresa, el verdadero objetivo fue forzar la designación de delegados propios dentro de la planta.

La Corte Suprema resolvió avanzar en el juicio oral y público contra el Sindicato de Camioneros por el bloqueo a la planta de la empresa Química Oeste.
Un tribunal oral determinará si hubo extorsión.

Durante el bloqueo, la compañía denunció pérdidas millonarias diarias y un fuerte impacto en la cadena de insumos del sector petrolero, que habría alcanzado hasta 2 millones de dólares por día. La querella sostuvo que se trató de un “reclamo laboral inventado” y que las acciones llevadas adelante por los manifestantes superaron el marco de una protesta sindical legítima, al impedir el normal funcionamiento de la empresa durante más de una semana.

El fallo de la Corte implica que ahora será un tribunal oral el encargado de determinar si existieron delitos de extorsión, impedimento de trabajo y turbación de la propiedad, o si se trató de un ejercicio sindical protegido por la normativa laboral.

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