Senado bonaerense: proponen darle carácter de ley a la conciliación laboral

El senador Sergio Vargas presentó un proyecto para establecer por ley los parámetros de la conciliación obligatoria que utiliza el Gobierno para frenar discusiones laborales.

El senador bonaerense del bloque Unión y Libertad, Sergio Vargas, este viernes reflotó un proyecto de su autoría para darle carácter de ley a la instancia de conciliación laboral obligatoria, una herramienta utilizada por el Gobierno de la provincia de Buenos Aires para evitar despidos, suspensiones o medidas de fuerzas ante un conflicto entre trabajadores y una empresa.

La propuesta de Vargas, que fue presentada por primera vez en 2024, busca crear esta instancia de conciliación obligatoria, que será dependiente del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires y que estará destinada “a la resolución de reclamos individuales y/o pluriindividuales que versen sobre conflictos de competencia de la Justicia del Trabajo de la provincia”.

Desde la creación de la conciliación laboral obligatoria (SECLO) en 1996, los Gobiernos nacionales y provinciales tienen la potestad de frenar paros o despidos masivos a raíz de la conciliación obligatoria, que básicamente retrotrae el conflicto laboral al estado anterior a que se desatara el hecho que descalabró la situación. Entre los ejemplos más recientes, se encuentra la crisis por el cierre de FATE o las numerosas desactivaciones de un paro de micros.

En este sentido, el senador titular del bloque libertario dialoguista promovió una normativa completa que defina todos los alcances de una conciliación obligatoria. “El objetivo primordial de la implementación es el de ayudar a las partes a resolver problemáticas y lograr resultados mutuamente beneficiosos, que satisfagan las necesidades y preocupaciones subyacentes, sin recurrir al sistema judicial”, sostuvo Vargas.

“El proyecto establece una instancia de conciliación de carácter obligatorio y previo al inicio de la demanda laboral, con el objeto de que, planteado un conflicto entre partes como consecuencia de una relación laboral, se intente buscar una justa composición de manera más rápida y eficaz. El mismo establece la materia sobre la que versará y los asuntos exceptuados, a los fines de procurar un sistema unificado y armónico, evitando mayores erogaciones en la puesta en marcha de este nuevo mecanismo de resolución de conflictos”, sintetizó el autor de la iniciativa en sus fundamentos.

El senador Sergio Vargas presentó un proyecto para establecer por ley los parámetros de la conciliación obligatoria que utiliza el Gobierno para frenar discusiones laborales.
El senador Sergio Vargas presentó un proyecto para establecer por ley los parámetros de la conciliación obligatoria que utiliza el Gobierno para frenar discusiones laborales.

Por caso, la conciliación laboral será gratuita y tiene un acatamiento obligatorio, salvo que se traten de acciones de amparo o medidas cautelares, de diligencias preliminares, de acciones derivadas de accidentes o enfermedades del trabajo, de demandas contra empleadores concursados o quebrados, de demandas contra el Estado (sean nacional, provincial o municipal), o de acciones promovidas por menores.

Tanto la empresa como el sindicato están obligados a comparecer a las sesiones dictadas por el Ministerio de Trabajo y tendrán que ser asistidas por un abogado matriculado. Para el caso de los empleados, estos podrán optar por la representación sindical de la actividad con personería gremial, siempre y cuando cuenten con la autorización del Colegio de ejercer jurídicamente.

En cuanto a los plazos, el conciliador tendrá un plazo de20 días hábiles desde la celebración de fecha fijada para la primera audiencia para convocar a una reunión, mientras que las partes podrán proponer una prorrogada de hasta 15 días de común acuerdo. El encuentro deberá realizarse en días hábiles entre las 8 y las 18 horas, y cada ausencia costará una multa equivalente al 20% del valor del arancel que perciba el conciliador por su gestión.

“Las relaciones laborales conllevan una interacción necesaria entre las partes que las integran. En ese entorno se suelen generar situaciones de conflicto, resultando necesario un sistema eficaz de conciliación, que se traduce en un rasgo esencial de las buenas relaciones laborales. Las políticas públicas laborales deben orientarse a reglar y reordenar situaciones de conflicto que eventualmente se originen, estableciendo pautas de referencia que acerquen a las partes soluciones consensuadas”, apuntó Vargas.

La conciliación laboral existe en Argentina desde 1996, a partir de la sanción de la Ley 24.635.
La conciliación laboral existe en Argentina desde 1996, a partir de la sanción de la Ley 24.635.

Asimismo, la ley crea el Registro de Conciliadores Laborales, que estará a cargo del Ministerio de Justicia bonaerense y que será responsable de constituir, calificar, coordinar, depurar y actualizar la lista de las personas aptas para hacerse cargo de una conciliación. Los requisitos serán poseer título de abogado, tres años de ejercicio de la profesión, encontrarse matriculado y adquirir la capacitación indicada por la cartera judicial.

También, contempla el Fondo de Financiamiento para solventar los gastos que implique el funcionamiento del Registro de Conciliaciones Laborales o cualquier otra erogación relacionada con esta herramienta. El Fondo se integrará con las sumas asignadas en el Presupuesto, las multas por faltar a la audiencia, donaciones y cualquier otro dinero destinado a su desarrollo. Vale aclarar que esto no contempla el sueldo del conciliador, que percibirá un monto fijo abonado por las partes o, en caso de fracasar la conciliación, por el Juzgado que intervenga en el litigio.

El proyecto de ley de Vargas para normalizar la conciliación obligatoria en la provincia

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