En su cuarta sesión ordinaria del año, la Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires este martes convirtió en ley el proyecto de la diputada peronista, Lucía Iañez, que amplía a 45 días las licencias por duelo familiar de los estatales bonaerenses.
La iniciativa propone modificar la Ley 13.459 de licencia por duelo familiar para el personal masculino dependiente de los tres poderes del Estado, con goce íntegro de haberes, en caso de producirse la muerte de su pareja durante el parto o posteriormente.
“El convenio revisa el esquema de licencias, adoptando un enfoque de equidad de género y de no discriminación, a fin de reconocer y otorgar derechos para los distintos tipos de familias que existen así como las diversas necesidades de cuidado que tienen las mismas”, alegó Iañez en los considerandos del texto.
En ese sentido, la diputada bonaerense solicitó que el personal masculino dependiente de los tres poderes del Estado provincial, en caso de fallecimiento de la madre durante el parto o posterior, goce de una licencia por atención de hijo recién nacido igual a la correspondiente al personal femenino desde su escalafón de maternidad.

Además, Iañez propuso sustituir las denominaciones establecidas en la normativa, reemplazando las que establecían diferenciaciones según el género, al preferir, por ejemplo, el término “maternidad” o “paternidad” y suplirlos por “corresponsable parental no gestante”.
“Teniendo en cuenta que la legislación vigente en materia laboral parte de un modelo tradicional de separación de roles propongo sustituir las denominaciones establecidas en el artículo 1 de la ley 13.459, reemplazando las que establecen diferenciaciones según el género”, sostuvo Iañez en los fundamentos del proyecto.
Durante el tratamiento en la Cámara baja, la comisión de Legislación General, que preside el massista Rubén Eslaiman, adicionó en el artículo 1 del proyecto que puedan pedirse licencia todo aquel trabajador estatal “que tenga hijos menores de 18 años de edad o con discapacidad sin límite de edad”, en el caso de fallecimiento corresponsable parental.





