La diputada bonaerense del PRO, María Sotolano, en las últimas horas envió un proyecto de ley para crear la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la provincia de Buenos Aires, como organismo independiente y especializado en la promoción, protección, defensa y monitoreo de los derechos de las infancias y adolescencias.
De acuerdo con el articulado de Sotolano, esta Defensoría tendrá por objeto velar por el “efectivo respeto, protección y garantía” de los derechos reconocidos a las niñas, niños y adolescentes por la Constitución Nacional, la Constitución bonaerense, la Convención sobre los Derechos del Niño, las leyes nacionales y provinciales, junto a los tratados internacionales en la materia.
“La ausencia de un organismo de estas características constituye una vacancia institucional cuya cobertura permitirá fortalecer el cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por el Estado provincial en materia de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes”, reforzó la referente amarilla en los fundamentos del expediente.
Según propone la dirigente opositora, el organismo actuará con independencia de criterio y no estará sujeto a ninguna autoridad provincial o municipal. No obstante, la iniciativa aclara que la actuación de la Defensoría no sustituirá las competencias atribuidas a los organismos administrativos, judiciales o del Ministerio Público, sin perjuicio de sus facultades de supervisión, monitoreo, recomendación y promoción de acciones.
En concreto, la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes estará integrada por un defensor titular y dos defensores adjuntos, cuya selección y designación se realizará de manera conjunta mediante el procedimiento previsto en la propia ley.

Los defensores adjuntos ejercerán funciones institucionales propias y asistirán al titular en el cumplimiento de las atribuciones de la Defensoría. En caso de ausencia, impedimento transitorio, licencia o cualquier otra causa que imposibilite temporalmente el ejercicio de sus funciones, estarán facultados para reemplazar al responsable del organismo, de acuerdo con el orden de prelación establecido al momento de la designación.
En paralelo, la representante legislativa propuso crear una Comisión Bicameral Permanente, integrada por cinco diputados y cinco senadores designados por sus respectivas Cámaras, de acuerdo con la representación proporcional de los bloques políticos y el principio de paridad de género.
El cuerpo tendrá a su cargo la organización y supervisión del procedimiento de selección, además del seguimiento institucional del organismo autónomo. Bajo ese supuesto, la Comisión deberá convocar a un Concurso Público de Oposición y Antecedentes para seleccionar a los titulares y adjuntos de la nueva Defensoría, bajo principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, igualdad de oportunidades, idoneidad y debido proceso.
En relación con el concurso, el procedimiento comprenderá una evaluación de antecedentes y de oposición, la presentación de un plan de trabajo institucional, una entrevista personal y, finalmente, una audiencia pública destinada a recibir observaciones, adhesiones e impugnaciones de la ciudadanía y de organizaciones civiles.

Una vez finalizadas esas etapas, la Bicameral conformará una terna con las tres postulaciones mejor calificadas y la remitirá a ambas Cámaras para avanzar con la designación, que requerirá el voto favorable de los dos tercios de la totalidad de los miembros de cada recinto.
Qué requisitos deberá cumplir el titular de la Defensoría de Niños y Adolescentes
Entre los requisitos previstos para acceder al cargo de Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes aparecen ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, tener al menos 30 años y acreditar residencia efectiva en la provincia de Buenos Aires durante los cinco años anteriores a la convocatoria.
El postulante también deberá poseer título universitario de grado y acreditar trayectoria, experiencia e idoneidad en materias vinculadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, el ejercicio del cargo demandará dedicación exclusiva y resultará incompatible con cualquier otro cargo público electivo o no electivo, función judicial, actividad profesional, comercial o laboral, a excepción de la docencia y la investigación académica.
Con respecto a las funciones principales de la entidad de control, el proyecto establece que deberá supervisar y evaluar las políticas públicas, programas, planes, servicios y acciones estatales dirigidas a niños y adolescentes. Además, el organismo podrá actuar de oficio ante actos que pudieran afectar sus derechos y formular recomendaciones para garantizar su pleno ejercicio.

“La actuación de la Defensoría se regirá por los principios de interés superior del niño, autonomía progresiva, participación, igualdad y no discriminación, acceso a la justicia, perspectiva de género, inclusión, transparencia y protección integral de derechos”, encomendó la representante del PRO.
Asimismo, el órgano provincial deberá elaborar estudios, investigaciones, estadísticas e informes sobre la situación de los derechos de niñas, niños y adolescentes en la provincia de Buenos Aires. Bajo la misma premisa, la nueva Defensoría deberá promover acciones de difusión, sensibilización, capacitación y educación en materia de derechos.
“La creación de un sistema provincial de indicadores, la posibilidad de constituir observatorios temáticos especializados y la facultad de elaborar protocolos de actuación y estándares técnicos permitirán fortalecer la calidad institucional del Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos, favoreciendo la adopción de políticas públicas basadas en evidencia y la evaluación permanente de su impacto”, defendió Sotolano.
Otro de los puntos centrales del proyecto establece que los menores de edad también podrán acudir directamente a la Defensoría para realizar consultas, presentar denuncias y solicitar su intervención ante cualquier situación que pueda afectar el ejercicio de sus derechos.
Para efectuar estas presentaciones, los niños y jóvenes consultantes no necesitarán representación, patrocinio, autorización ni intermediación de personas adultas. Por su parte, el organismo deberá garantizar procedimientos accesibles, adecuados a la edad, confidenciales y respetuosos de la autonomía progresiva de infancias y adolescencias.
“La efectividad de los derechos humanos no depende exclusivamente de su reconocimiento normativo, sino también de la existencia de instituciones independientes, especializadas y técnicamente sólidas que aseguren su protección cotidiana”, finalizó la dirigente del PRO, quien abogó por el acompañamiento de sus pares para avanzar hacia un nuevo horizonte institucional en la protección de niñas, niños y adolescentes.





