La Cámara alta debatirá desde las 14 el proyecto de ley de Economía del Conocimiento que contempla incentivos fiscales hasta el año 2029 para las empresas y emprendedores relacionadas con el diseño, adaptación y desarrollo de servicios afines a las nuevas tecnologías.
La iniciativa viene en revisión de Diputados y de ser aprobada este viernes, deberá regresar a la Cámara baja ya que los legisladores del Frente de Todos del Senado introdujeron varias modificaciones al proyecto original.
El texto había sido aprobado originalmente por el Congreso durante el gobierno de Mauricio Macri, pero la administración de Alberto Fernández suspendió su aplicación hasta mandar una nueva iniciativa al Parlamento que se aprobó en junio pasado.
El proyecto promueve la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear; entre otros rubros.
Podrán acogerse a los beneficios las empresas constituidas en la Argentina o habilitadas a trabajar en el país que tengan en regla su documentación y en las que se acredite que el 70% de su facturación total del último año se genere a partir de las actividades promovidas.
Además, deberán acreditar la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios e invertir en la capacitación de sus empleados: un uno por ciento para las micro empresas, un dos por ciento para las pymes y un cinco por ciento para las grandes.
Pero quienes inviertan en capacitar a desocupados menores de veinticinco y mayores de 45 años o mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal, podrán computar por el doble de su valor.
También deberán acreditar la realización de exportaciones de bienes que surjan del desarrollo de alguna de las actividades promovidas en un porcentaje respecto de su facturación total del último año de al menos 4% para las Micro Empresas, 10% para las Pequeñas y Medianas Empresas y un 13% para las Grandes Empresas.
Los beneficiarios de la ley podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado. Dichos bonos podrán ser utilizados por el término de veinticuatro meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales, en particular el impuesto al valor agregado.
El beneficio ascenderá al 80% de las contribuciones patronales cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales debidamente registradas, de mujeres; personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no rectificado sus datos registrales; profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; o personas residentes de "zonas desfavorables".