miércoles, abril 24, 2024

Criptomonedas: AFIP controlará los movimientos desde $30 mil en billeteras virtuales

La AFIP estableció en $30.000 el umbral mensual desde el cual los administradores de billeteras virtuales deben informar los movimientos al fisco.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos a partir de los cuáles las administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes, en donde estableció en $ 30.000 como umbral mensual y en $ 90.000 los saldos finales mensuales.

La medida publicada este viernes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 5193/2022, forma parte de un esquema de optimización en la calidad de los datos de la AFIP para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.

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De esta manera, la iniciativa incorpora nuevos requerimientos de información para las empresas del sector, tales como Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Viumi, Bimo, Moni, Personal Pay y Todo Pago, entre otras. No obstante, la AFIP sostuvo que no implica cambios para los usuarios.

En efecto, se establece en $ 30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas y, además, las billeteras virtuales deberán informar cuando el saldo final mensual que el usuario tenga en su cuenta sea superior a $90.000.

“La resolución de la AFIP incorpora nuevos requerimientos que optimizan la capacidad de control y calidad de la información sobre esos activos y amplía la capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, aseguró la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont.

Por último, la medida de actualización en los montos comunicada por AFIP establecerá un umbral de $ 200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.

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Es preciso mencionar que, la AFIP incorporó desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales trabar embargos para cobrar las deudas acumuladas por contribuyentes morosos.

Según datos del Banco Central (BCRA) a diciembre de 2021, 16,3 millones de personas mayores de 18 años tenían al menos una billetera virtual (CVU) a su nombre, de los cuales el 91,5% tenía también al menos una cuenta bancaria (CBU) registrada bajo su titularidad.

Hasta este año, los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.

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