ATE celebró el fallo judicial contra la reforma laboral: “Es un avance importante, pero no definitivo”

El titular de ATE nacional, Rodolfo Aguiar, remarcó que las medidas cautelares que prosperan contra la reforma laboral "son un golpe para el Gobierno".

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Luego de que el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 suspendiera más de 80 artículos de la ley de reforma laboral, desde la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) remarcaron que las medidas cautelares que prosperan “son un golpe para el gobierno nacional que intentó aniquilar los derechos individuales y colectivos”.

En ese sentido, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, manifestó la necesidad de “terminar de enterrar” en los sectores de trabajo la legislación impulsada por la administración de Javier Milei y sancionada por el Congreso en febrero de año. “Los fallos judiciales son un avance importante, aunque no definitivo”.

“Las medidas cautelares que prosperan son un golpe para el Gobierno que intentó aniquilar nuestros derechos individuales y colectivos, pero también para todos los sinvergüenzas de los diputados y los senadores que levantaron la mano sabiendo que lo que votaban era inconstitucional”, sostuvo el dirigente gremial.

En detalle, la medida cautelar que deja en suspenso la aplicación de 80 artículos de la reforma laboral fue firmada por el juez Raúl Ojeda al considerar que existen indicios suficientes de inconstitucionalidad y peligro en la demora mientras se tramita la causa principal. Al ser una definición provisoria, se mantendrá vigente hasta que se dicte la sentencia definitiva.

La resolución se originó a partir de una presentación firmada por el triunvirato de la CGT, integrado por Jorge Alberto SolaOctavio Argüello Cristian Jerónimo, que plantearon la inconstitucionalidad de distintos artículos de la norma sancionada el pasado 27 de febrero, entre ellos las limitaciones al derecho de huelga y la ultraactividad en los convenios colectivos de trabajo.

Desde el gremio de ATE afirmaron que continuarán la lucha en los sectores de trabajo para frenar la implementación de la reforma laboral.
Desde el gremio de ATE afirmaron que continuarán la lucha en los sectores de trabajo para frenar la implementación de la reforma laboral.

En ese marco, el titular del gremio que nuclea a los estatales nacionales indicó: “Las medidas cautelares que prosperan son un golpe para el Gobierno que intentó aniquilar nuestros derechos individuales y colectivos, pero también para todos los sinvergüenzas de los diputados y los senadores que levantaron la mano sabiendo que lo que votaban era inconstitucional”.

“Siempre tuvimos razón al sostener que no había nada que se salvara de esta norma, que era mala de principio a fin. Que dentro de los artículos suspendidos se encuentre el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es una buena noticia ya que a través de él se pretendía dar inicio la reforma previsional en el país”, concluyó Aguiar.

Es preciso mencionar que, la ley de reforma laboral incluyó la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir costos de desvinculación. En caso de que el fondo no alcance para pagar el total de la indemnización, el empleador deberá afrontar la diferencia. El aporte del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las Pymes se compensará con descuentos en el pago de cargas sociales.

Reforma laboral: los principales artículos suspendidos temporariamente

  • Modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
  • Reducción del alcance de esa ley (menos trabajadores alcanzados)
  • Regulación del trabajo en plataformas digitales
  • Eliminación de la presunción de relación laboral
  • Cambios en tercerización y responsabilidad de empleadores
  • Modificaciones en: jornadas laborales, vacaciones y licencias
  • Cambios en el régimen de despidos e indemnizaciones
  • Eliminación del principio “in dubio pro operario”
  • Restricciones a la actividad sindical y representación
  • Cambios en el derecho de huelga
  • Modificaciones en negociación colectiva
  • Creación de fondos de cese laboral
  • Derogación de la Ley de Teletrabajo N° 27.555

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