jueves, marzo 28, 2024

Condenaron a una pareja por tener una plantación de marihuana con cerco electrificado

El matrimonio cumplirá penas de 5 y 2 años por “comercialización de estupefacientes”, al vender marihuana en dicha localidad bonaerense.

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Una pareja fue condenada a 5 y 2 años de prisión en el marco de un juicio abreviado por comercializar estupefacientes en dosis fraccionada para su consumo y por tener una plantación de marihuana con cerco electrificado en la localidad de Puán provincia de Buenos Aires.

Según informaron fuentes policiales y judiciales, el fallo estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 de Bahía Blanca, integrado por los jueces Eduardo D'Empaire, Fabiana Castaño y Eugenio Casas.

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En el juicio, los magistrados condenaron a Lucía Paulino (27) a la pena de cinco años por "comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas para su consumo y tenencia".

También le dieron prisión condicional de 2 años a la pareja de Paulino, Matías Medina (32), por "tenencia de estupefacientes". La causa estuvo a cargo del fiscal bahiense Mauricio del Cero.

El funcionario judicial comenzó a partir de una denuncia debido a que había preocupación de los vecinos de Puán a raíz de la existencia de un muro electrificado en una vivienda ubicada en Cildoz al 300 de esa localidad.

Tras el fallo, un vocero judicial indicó que "en el marco de la causa se determinó que en dicho lugar había varias plantas de cannabis sativa en la finca resguardada con un perímetro electrificado y se comercializaban estupefacientes".

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Fue entonces que con una orden librada por el Juzgado de Garantías Nº4 de Bahía Blanca, personal policial realizó un allanamiento en el lugar el 29 de enero del 2019 donde halló ocho plantas de cannabis sativa.

De las plantas secuestradas, seis de ellas estaban en macetas y dos en tierra, y en total el material pesó 9.610 gramos. Todo fue puesto a disposición de la Justicia y se sumó al expediente como pruebas.

Además, los investigadores secuestraron teléfonos celulares que tras distintas pericias y análisis determinaron comunicaciones para la venta de los estupefacientes a ocasionales clientes.

 

 

Los jueces manifestaron en su sentencia que "en el caso de la imputada, su accionar se vio reflejado en la existencia de gran cantidad de la sustancia en su domicilio y en las distintas comunicaciones con otras personas donde se menciona la actividad ilícita".

"En tanto que en el caso Medina se le ha atribuido la tenencia de la sustancia, aunque en su caso, sin hallarse involucrado en el comercio de la misma", agregaron los magistrados al momento de la condena.

Finalmente, el tribunal condenó así a la mujer a la pena de cinco años a cumplir en la cárcel y a Medina a dos años de prisión pero de ejecución condicional y con reglas de conducta, por tenencia de marihuana.

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