jueves, abril 18, 2024

Congreso: el oficialismo busca ratificar el decreto de la vuelta a clases presenciales

La comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo se reunirá este jueves para analizar el último decreto del Poder Ejecutivo.

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La comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo se reunirá este jueves para analizar el último decreto del Gobierno nacional que establece nuevas restricciones en el contexto de la segunda ola de contagios de coronavirus que afecta al país.

La comisión que preside el diputado nacional Marcos Cleri (Frente de Todos), fue citada para el jueves a las 9.30 para evaluar el DNU dictado por el presidente Alberto Fernández, que rige desde el pasado sábado hasta el 25 de junio.

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El Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 381 del 11 de junio de 2021, prorroga el DNU N° 287/21 hasta el 25 de junio de 2021 y entre otras medidas, estableció un nuevo parámetro que posibilitó la vuelta a las clases presenciales. 

El objetivo del Gobierno nacional era lograr la sanción del proyecto aprobado en el Senado, que fija por ley los parámetros para regular las restricciones contra el coronavirus, pero sólo consiguió emitir dictamen y ahora espera por una sesión previa al DNU que vence el 25 de junio. 

El decreto establece un semáforo epidemiológico en las distintas zonas del país, que posibilitó una flexibilización de las restricciones que se venían implementando hasta el viernes, sobre todo en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA), debido a la baja de casos registrados en los últimos días.

La nueva reglamentacion, establece parámetros para determinar los distintos tipos de restricciones según la situación sanitaria de cada distrito del país; categorizados como "bajo", "mediano" y "alto" riesgo epidemiológico y Sanitario, o en situación de "alarma".

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Los tres primeros niveles incluyen departamentos o partidos de más de 40.000 habitantes, mientras que la categoría de "alerta" es aplicada a los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes.

Estos se considerarán en alerta si la incidencia es igual o mayor a 500 casos cada 100.000 habitantes, o donde el porcentaje de ocupación de camas unidades de terapia intensiva es igual o mayor al 80%.

En ese marco, las actividades restringidas para mitigar el impacto de la segunda ola, establecidas en el DNU 287 del 1 de mayo, que fueron prorrogadas hasta el 25 de junio, se dividen de la siguiente manera.

 

En todo el país:

 

– Siguen suspendidos viajes grupales de egresados, jubilados, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

– Siguen suspendidas actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas.

– Se establece un aforo del 50 por ciento de todas las superficies cerradas para realizar actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios.

– Se fomenta el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.

 

En las zonas de "alarma epidemiológica":
 

 

– Siguen suspendidas actividades de centros comerciales y shoppings.

– Los locales comerciales deben cerrar entre las 19 y las 6 horas del día siguiente.

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.), deben cerrar entre las 19 y las 6 horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía. Entre las 6 y las 19, los locales gastronómicos solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre.

– Queda suspendida la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre

– Queda suspendido el funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines.

– La restricción de circular regirá desde las 20 hasta las 6 del día siguiente.

– Las clases presenciales se suspenden en todos los niveles y en todas sus modalidades.

 

 

En las zonas de "alto riesgo" epidemiológico:
 

 

– Siguen suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Siguen suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

– Sigue suspendida la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados.

– Siguen cerradas las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.

– Se prohíbe la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– Siguen cerrados cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 23 y las 6 del día siguiente, salvo en la modalidad de reparto a domicilio; y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

– Se establece un aforo del 30 por ciento en comercios y espacios cerrados de locales gastronómicos.

– La circulación nocturna se prohíbe entre las 0 y las 6 de cada día.

 

 

En las zonas en "medio riesgo":
 

 

– Las autoridades de cada distrito "podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas"

 

En las zonas de "bajo riesgo":
 

– En los partidos y departamentos calificados como de riesgo bajo se aplican las medidas generales que rigen para todo el país.

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