Tras reunirse con el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, en Casa Rosada, el secretario general de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Daer, reveló que la central judicializará los decretos de necesidad y urgencia (DNU) que limitan el derecho a huelga y generan listas negras en los gremios, al tiempo que ratificó que no convocarán a un paro general.
Además, el secretario general del sindicato de Sanidad aseguró que “no hay clima de paro general”, a pesar de que la administración nacional, a cargo de Javier Milei, avanza contra los sindicatos, los derechos laborales y los jubilados. “Por ahora no evaluamos el paro general”, ratificó Daer tras el encuentro con Francos.
“Lo que va a haber son discusiones por actividad y aquellos que puedan ir por arriba de estos valores, perfecto. Si el gobierno no homologa, habrá doble discusión. Una para firmarla y otra para cobrarlo”, apuntó explicó el secretario general de la CGT, que encabeza el ala “moderada” de la central.
Asimismo, Daer afirmó que la CGT acudirá a la Justicia por el reciente decreto de necesidad y urgencia (DNU) n°340, en el que el Ejecutivo nacional limitó el derecho a huelga de gran parte de los sindicatos, tras ampliar las actividades consideradas esenciales.
“La prestación de servicios mínimos esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare”, expresa el decreto del Gobierno nacional.
Además, el texto recientemente modificado por la administración de Javier Milei amplió que “en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.
Frente a la medida, Daer anticipó que la central tomará medidas ante la Justicia. “Están reiterando lo mismo que estaba establecido en el DNU 70/23 donde se pretendía cercenar el derecho de huelga para muchas actividades, llevándolo a la imposibilidad de tener una medida de acción directa”, expresó.
“Esto fue rechazado primero por amparo y después, en primera y segunda instancia, con fallo firme. Hoy, cambiándole un rubro de lo que llama ‘trascendental’ a ‘esencial’, volvieron a sacar el mismo DNU. Para nosotros sigue vigente la suspensión y entre el lunes y martes estaremos actuando nuevamente en la Justicia”, manifestó Daer.
En esa línea, el secretario general de la CGT recordó que ya hubo reformas en este sentido, con la aprobación de la Ley Bases. Sin embargo, Daer destacó que eso no generó puestos de trabajo ni formalidad. “No vemos que exista hoy, ni en el Congreso ni en el debate público, una intención de reformular los derechos de los trabajadores”, cerró.
Vale recordar que, el gobierno nacional no solo limitó el derecho a huelgo sino que, además, a través de la resolución 34/25, se dictaminó la creación de una lista negra de sindicalistas en el Estado nacional que permitirá identificar trabajadores que son votados para defender los derechos laborales. El peligro lógico es que cuando los delegados terminan su mandato, pierden los fueros y pueden ser despedidos.
Ante este contexto, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) adelantó que va a presentar una demanda y una denuncia judicial para frenar la implementación de la persecución del gobierno nacional, que es creada en medio de la elección de delegados de los sindicatos.
“Buscan disminuir la representación en los sectores de trabajo estableciendo un registro ilegal con la finalidad de que no tengan resistencia a las políticas de cada uno de los ministerios. Es una búsqueda desesperada para que no haya tantos hombre y mujeres deteniendo la motosierra”, advirtió el secretario general de ATE nacional, Rodolfo Aguiar.
Cuáles son los nuevos servicios esenciales que Daer denunciará
Según el artículo 3 del decreto 340, serán considerados servicios esenciales a partir de ahora:
- Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos, insumos hospitalarios y servicios farmacéuticos;
- La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;
- Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;
- La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;
- Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;
- El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial;
- El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin;
A su vez, se considerarán actividades de importancia trascendental las siguientes:
- La producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios;
- El transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin;
- Los servicios de radio y televisión;
- Las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y cementera;
- La industria alimenticia en toda su cadena de valor;
- La producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;
- Los servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico; y
- La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.





