A más de dos meses de la última reunión que hubo en la Cámara Baja, los Diputados nacionales debatirán el próximo miércoles en las comisiones de Finanzas, Presupuesto y Hacienda un nuevo régimen para deudores de los Créditos UVA.
Tras el trabajo que se dio en asesores donde se analizaron todas las propuestas presentadas por los legisladores de distintos bloques, se arribó a un texto de consenso que los diputados buscarán dictaminar el próximo miércoles para ponerle fin al karma de los Créditos UVA.
En concreto, el proyecto establece que “la cuota a pagar por el deudor hipotecario se determinará por el coeficiente de variación salarial, tomando como referencia el RIPTE (salario formal de la economía)”. “En los meses que este índice se encuentre por arriba del de inflación, pagarán siempre el índice más bajo”, puntualiza la iniciativa.
Es preciso mencionar que, para los Créditos UVA ya otorgados el cómputo será retroactivo al 1º de enero de 2023. Asimismo, el proyecto de ley propone que la cuota a abonar no deberá superar el 30 % de los ingresos de los deudores.
En tanto, para los usuarios de los Créditos UVA que estén alcanzados por el impuesto a las Ganancias podrán deducir anualmente hasta tres salarios mínimos, mientras que los deudores podrán vender su propiedad y el crédito existente.
A su vez, el proyecto de ley propone la creación de un Fondo, denominado “Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH)”, que tendrá como objetivo cubrir descalces entre salario y UVA/UVI.
“Las entidades financieras deberán integrar el FFCPH con un aporte mensual que determinará el Banco Central con un límite máximo de 0,0025% del promedio de los saldos diarios de los depósitos en pesos y moneda extranjera”, expresan los considerandos del proyecto.
Vale señalar que, el FFCPH se integrará también con las primas que aporten los tomadores de nuevos créditos promovidos. No obstante, la participación en el FFCPH será voluntaria por parte de los tomadores de los Créditos UVA.
Cabe destacar que, la diferencia entre la cuota calculada en base a salarios y la calculada en base a UVA/UVI será compensada a los bancos por el FFCPH. Si la cuota calculada por salarios resulta mayor a la calculada por UVA/UVI, prevalecerá la más baja.
Por su parte, los beneficios plenos de compensación del Fondo FFCPH regirán para aquellos deudores que se adhieran voluntariamente y hayan tomado créditos menores a 120 mil UVAs. Si el crédito es de hasta 200 mil UVAs, regirá el beneficio de cobertura de hasta las 120 mil UVAs. Para créditos mayores a los 200 mil UVAs no existe posibilidad de tener en beneficio de compensación.
Vale recordar que, el debate para establecer un nuevo régimen para deudores de los Créditos UVA se inició en septiembre del año pasado pero se retomó este año el 22 de marzo, con una reunión de asesores en donde se analizaron y debatieron los lineamientos a considerar.
“Siempre el tema de discusión fue a partir de cuándo comenzaba a regir la propuesta. Sí había consenso para cambiarlo por el coeficiente de variación salarial. Nosotros insistimos en que sea desde la fecha del primer congelamiento, en agosto de 2019, pero lo que se pudo consensuar es que se tome el 1º de enero”, explicó el autor ce uno de los proyectos para modificar las cuotas de los Créditos UVA, Julio Cobos (UCR).
Por último, Cobos señaló que “hay que entender que consensuar implica ceder posiciones” ya que “en un proyecto que no tenía el convencimiento tanto en el oficialismo como en la oposición, ha costado llegar a este principio de acuerdo, pero veremos si se puede llegar a un dictamen la semana que viene y que sea un paso previo para considerarlo en la próxima sesión”.