En pleno auge de las billeteras virtuales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso la lupa sobre los contribuyentes morosos puesto que analiza la posibilidad de realizar un embargo del dinero depositado.
En efecto, el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont identificó un universo de 9.800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales.
En ese sentido, el objetivo de la medida de la AFIP es asegurar el cobro de $24 mil millones en impuestos adeudados por esos contribuyentes.

Con relación a esto, desde la AFIP indicaron que el desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso explica la decisión de incluir las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
Cabe mencionar, que hasta el momento los embargos se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.
Asimismo, el organismo de recaudación señaló que “las medidas de embargo comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias”. “Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos”, remarcaron.
Asimismo, la AFIP ya había puesto la lupa sobre las billeteras virtuales a mediados de 2021, cuando dispuso incorporarlas al régimen de información previsto para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y/o aplicaciones informáticas.
En tanto, las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia.
Actualmente la AFIP ofrece dos herramientas para la regularización de deudas: la moratoria-Ley de Alivio Fiscal, que permite regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021; y el Plan de Facilidades de Pago Permanente, que ofrece regularizar dichas obligaciones tributarias vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021.





