jueves, octubre 3, 2024

Avanza un proyecto para que los locales gastronómicos exhiban los valores nutricionales de sus menús

El Senado bonaerense aprobó un proyecto de ley destinado a que los locales gastronómicos exhiban los valores nutricionales de sus menús.

En las últimas horas, el Senado bonaerense aprobó el proyecto de ley que propone incorporar en las cartas menú de los establecimientos gastronómicos la información nutricional de los platos que se ofrecen que tiene por autores a la legisladora de Unión por la Patria, Gabriela Demaría, y a su par de Juntos, Marcelo Daletto.

Este proyecto, sobre la información nutricional lo vinimos trabajando hace ya más de dos años, escuchamos distintas voces entre ellas el Colegio de Nutricionistas de la provincia de Buenos Aires”, informó la senadora bonaerense en el recinto de la Cámara alta, al momento de la media sanción del proyecto.

En este sentido, Demaría indicó que el proyecto de ley se trabajó en simultáneo a la ley nacional de etiquetado frontal que apunta a los alimentos envasados y consideró que el texto para establecimientos gastronómicos se trata de un avance más que significativo para los consumidores.

“Estamos acostumbrados a ver en todos los alimentos envasados los octógonos pero que precisamente solo se aplica a los alimentos envasados… ahora es dar un paso más y que el consumidor en un local gastronómico de gran tamaño tenga al momento de elegir un menú la posibilidad de ver la información nutricional”, indicó la senadora bonaerense.

En efecto, el proyecto que presentaron en el Senado bonaerense Demaría y Daletto pasó este jueves a la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires para ser tratado en las comisiones y luego en el recinto, por lo cual aún no tiene categoría legal, sino media sanción.

Senado bonaerense: los detalles del proyecto de ley

El proyecto de ley apunta a los comercios cuyo principal rubro es el gastronómico, en los que se expendan comidas para ser consumidas en el lugar, que cuenten con una capacidad de 150 o más personas o funcionen en centros o paseos de compras, shoppings, estaciones de servicio o hipermercados de la provincia de Buenos Aires.

Así, según el documento que aprobó el Senado bonaerense, los comercios gastronómicos pueden presentar la información en formato digital o físico, siempre que se garantice la legibilidad del contenido, el cual debe responder a la información nutricional que se encuentra prevista en la ley 14.272.

Cabe mencionar que, en el proyecto de ley establece que los comercios gastronómicos pueden quedar exceptuados de la implementación, si “mediaren motivos fundados en la situación económica de la empresa, que tornaren inviable o excesivamente oneroso su cumplimiento”, al tiempo que tampoco aplicaría para platos del día o promociones de dos o menos días.

En este sentido, quienes cumplan con los requisitos para la implementación del proyecto de ley que exigirá que se den detalles de los valores nutricionales en las cartas menú y no implementen la normativa se intimará al responsable del comercio gastronómico para que en el “plazo de 15 días hábiles subsane la omisión”.

En rigor, podría recaer sobre los responsables de los comercios gastronómicos un apercibimiento, la publicación del “sujeto incumplidor en un registro público” y la “pérdida de los beneficios, o la imposibilidad de acceder a ellos, que la Autoridad de Aplicación disponga para los sujetos que observen el fiel cumplimiento de la presente”.

En tanto que, el proyecto presentado por Demaría propone que el Poder Ejecutivo sea quien resuelva cuál será la autoridad de aplicación, que determine el tipo de información nutricional, los profesionales habilitados para determinar esos datos, disponer de incentivos y beneficios fiscales para los comercios gastronómicos que sí implementen la normativa.

Además, la autoridad de aplicación deberá fiscalizar el cumplimiento y aplicar las sanciones, en caso de ser necesario, al tiempo que deberá “crear y actualizar periódicamente el registro público de infractores” a fin de que sea accesible en “forma permanente en internet”.

De este modo, el Senado bonaerense aprobó el proyecto de ley que establece un periodo de 12 meses de implementación luego de su publicación en el Boletín Oficial y tiene por finalidad “fomentar los buenos hábitos alimentarios”, ya que según reza es “sabido que los problemas de alimentación producen un enorme impacto en la salud de las personas”.

Con esta iniciativa que ponemos a consideración, intentamos generar una herramienta legal más en la concientización de la importancia que reviste la construcción de una conducta alimentaria informada y adecuada a las necesidades de la salud”, finaliza el proyecto aprobado en el Senado bonaerense.

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