martes, abril 30, 2024

Habilitan regreso de cines, teatros y shows en vivo con aforo de entre 30 y 50%

Es para las zonas del país que se encuentran en "alto riesgo" epidemiológico y sanitario y en situación de "alarma".

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El Gobierno nacional habilitó las actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales para las zonas del país que se encuentran en "alto riesgo" epidemiológico y sanitario y en situación de "alarma".

La medida, oficializada a través de la Decisión Administrativa 607, publicada en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, pone como condición mantener un aforo de entre 30 y 50%.

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"Exceptúase de la suspensión a la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores", indica la norma.

La decisión administrativa establece que "en las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas".

La normativa indica asimismo que las personas afectadas al desarrollo de las actividades deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19.

En tanto, el público asistente en medio de la pandemia de coronavirus deberá "acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó".

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En los considerandos, se señala que para afrontar la pandemia "se establecieron una serie de medidas generales de prevención temporarias, locales y focalizadas, para mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2, hasta el 25 de junio de 2021, inclusive".

Al respecto, sostiene que el Ministerio de Cultura "ha peticionado que se arbitren las medidas para que, en los lugares considerados de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, se autorice la realización de las actividades relativas al cine y al desarrollo de artes escénicas (música en vivo, teatro, danza y circo) con y sin asistencia de espectadores".

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