En medio del debate que inició el gobernador Axel Kicillof en la Legislatura bonaerense para regular a los repartidores y choferes de apps, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario que había presentado Repartos Ya S.A., la empresa que opera bajo la plataforma PedidosYa, y dejó firme la multa de $17.690.400 impuesta por el Ministerio de Trabajo bonaerense por incumplimientos laborales vinculados con 62 repartidores.
En diálogo con Diputados bonaerenses, el titular de la Asociación Civil Conductores de Aplicaciones Unidos de la República Argentina (ACCAURA), Pablo León, valoró el respaldo de la Suprema Corte y consideró que el máximo tribunal sentó un “antecedente inmediato” para los trabajadores de plataformas digitales. “Es clave para el debate en torno a la sanción de la ley que busca regular la actividad tanto de los conductores de aplicaciones como de los repartidores. Las normas siempre se justifican sobre fallos judiciales, por lo que es importantísima esta nueva resolución”, explicó.
El expediente contra la empresa que opera bajo PedidosYa se inició en julio de 2020, cuando el Ministerio de Trabajo de Walter Correa realizó inspecciones en distintas localidades de la provincia de Buenos Aires y relevó a 71 personas que realizaban tareas de reparto a través de la plataforma. Luego de los operativos, el organismo intimó a Repartos Ya a presentar la documentación correspondiente sobre quienes desarrollaban esas tareas.
Ante el requerimiento, la empresa reconoció solamente a uno de los repartidores como trabajador en relación de dependencia, mientras que a los otros 62 los catalogó como “trabajadores autónomos vinculados mediante contratos de locación de servicios“. Además, la compañía que maneja a PedidosYa negó la existencia de cualquier relación laboral con las ocho personas relevadas restantes durante las inspecciones.
A partir del análisis de las actuaciones, el Ministerio de Trabajo bonaerense determinó que existían infracciones a la normativa laboral y aplicó a Repartos Ya una multa de $17.690.400, correspondiente a incumplimientos vinculados con 70 repartidores. La compañía apeló la sanción, pero en noviembre de 2021 el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata rechazó el planteo y confirmó la resolución administrativa.

Entre sus argumentos, el tribunal consideró que Repartos Ya no había logrado desvirtuar la presunción de existencia de una relación laboral respecto de los repartidores cuya prestación de servicios había sido reconocida por la propia empresa. El conflicto llegó posteriormente a la Suprema Corte bonaerense, que el 9 de abril de 2026 confirmó sustancialmente lo resuelto respecto de los 62 trabajadores con los que la compañía había admitido algún tipo de vinculación.
Sin embargo, la Corte ordenó que la situación de las otras ocho personas fuera analizada nuevamente por el Tribunal del Trabajo, esta vez con una nueva integración, debido a que en esos casos Repartos Ya directamente había negado la existencia de cualquier vínculo. Por ese motivo, esa parte del expediente continúa abierta y el nuevo pronunciamiento podría incidir en el monto definitivo de la sanción.
Luego de la decisión de abril, la empresa presentó un recurso extraordinario federal para intentar llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero la Suprema Corte bonaerense rechazó ese planteo el pasado 5 de agosto. Suecede que los jueces consideraron que Repartos Ya no había formulado una crítica eficaz contra la sentencia anterior ni demostrado un supuesto que justificara la intervención del máximo tribunal nacional, además de descartar que hubiera acreditado la existencia de un caso de gravedad institucional.
“No hubo una justificación válida como para que la Justicia de la provincia de Buenos Aires eleve el caso a la Corte Suprema de la Nación. No cambiaban todos esos argumentos por los cuales había sido rechazada la apelación de Repartos Ya en primera instancia, asique ahora hay que ver como influye esta decisión en los otros casos que todavía están abiertos”, expuso León.
De esta manera, quedó vigente el criterio que respaldó la actuación del Ministerio de Trabajo bonaerense respecto de los 62 repartidores cuya vinculación había sido reconocida por la empresa, mientras que la situación de las ocho personas restantes deberá ser nuevamente analizada por el Tribunal del Trabajo.
Qué dice el proyecto de Kicillof que busca regular PedidosYa y Uber
El caso se vincula con el debate que atraviesa la Provincia sobre la regulación del trabajo mediante plataformas digitales, un tema que Kicillof incorporó a uno de los proyectos de ley que presentó en junio de este año. La iniciativa crea el “Plan Integral para el Trabajo mediante Plataformas Digitales” y alcanza tanto a aplicaciones de reparto como Rappi y PedidosYa como a plataformas de transporte de personas como Uber, Didi y Cabify.
Entre otras medidas, el proyecto establece un Registro de Trabajo Mediante Plataformas Digitales, obligaciones de información para las empresas y la contratación de seguros de accidentes personales a su exclusivo cargo. De acuerdo a la iniciativa del Ejecutivo, las plataformas deberían informar a las autoridades y a los representantes de los trabajadores datos sobre las personas activas, su situación contractual, las condiciones generales del vínculo, la duración de las prestaciones, las horas semanales y los ingresos medios.
Además, el proyecto que Kicillof ingresó a la Legislatura bonaerense contempla una aplicación móvil para facilitar el acceso de los trabajadores a servicios de seguridad y emergencias, el relevamiento de las llamadas “tiendas invisibles”, es decir los también conocidos “PedidosYa Market” y la instalación de paradores públicos para descanso y aseo. Asimismo, establece que el incumplimiento de las obligaciones previstas podrá ser considerado una infracción a la normativa laboral y quedar sujeto a fiscalización y sanciones por parte del Ministerio de Trabajo.

En concreto, el proyecto busca establecer un marco específico para una modalidad de trabajo que actualmente genera conflictos en torno a las condiciones laborales y al vínculo entre las plataformas y quienes prestan servicios mediante ellas. Sin embargo, la causa contra Repartos Ya todavía no está completamente concluida, ya que resta que el Tribunal del Trabajo vuelva a expedirse sobre las ocho personas respecto de las cuales la empresa negó la existencia de cualquier relación.




