miércoles, mayo 8, 2024

La Procuración se suma al debate por la re-re de los intendentes bonaerenses

La Procuración ya tiene en sus manos el expediente que pide la inconstitucionalidad de la re-reelección de los intendentes bonaerenses.

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Desde este viernes, la Procuración General de la Nación, tiene en sus manos el expediente que reclama la inconstitucionalidad de la re-reelección de los intendentes de la provincia de Buenos Aires, que se habilitó tras un extenso debate en la Legislatura bonaerense en el 2021, y deberá resolver si, efectivamente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tendrá injerencia en el fallo final.

Cabe mencionar que, en caso de que la Procuración decida que la Corte Suprema debe resolver el caso, y de que esta explicite que la re-reelección de los intendentes bonaerenses es inconstitucional, los municipios se verán ampliamente afectados, ya que más de 90 alcaldes pensaban apostar por un tercer mandato.

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En la misma línea, es preciso recordar que la Corte Suprema, viene de dictar una sentencia que frenó la candidatura a gobernador de Sergio Uñac en San Juan, al declararlo inconstitucional ya que, la provincia mencionada sostiene en su carta magna que no se permiten más de dos mandatos consecutivos al frente de la comuna.

Luego de varias críticas por el fallo contra Uñac, esta vez, la Corte Suprema decidió pedirle al procurador general, Eduardo Casal, que sea el encargado de dictar la sentencia sobre los intendentes bonaerenses y la posible re-reelección, que aunque no esté directamente vinculada con el caso anterior, podría ser similar dado el reciente historial.

De esta manera, la Corte Suprema emitió un comunicado en el que explican que, a fin de que “dictamine la competencia del Tribunal, las actuaciones pasarán a la Procuración”, por lo que ahora, Casal deberá resolver si el cuerpo encabezado por Horacio Rosatti será el interventor del caso que tomó impulso luego de la denuncia realizada por el titular del partido País, Oscar Héctor Alva.

En el pedido de inconstitucionalidad para la re-reelección de los intendentes bonaerenses, Alva no solo pide la anulación del artículo 4 de la ley 15.315 de la provincia de Buenos Aires, sino que también solicita la suspensión de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), convocadas para el próximo 13 de agosto.

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Es correcto recordar que, la ley provincial que permite el tercer mandato de los intendentes bonaerenses, tiene un largo historial, que comenzó en la gestión de Gobierno de María Eugenia Vidal, cuando se aprobó la norma 14.836, que limitaba las reelecciones de intendentes y concejales locales a no más de dos.

Dicha normativa, consideraba como “primer periodo” de los funcionarios a aquel que había comenzado en diciembre del 2015, por lo que aquellos intendentes y concejales que venían de más de dos mandatos, tenían la posibilidad de presentarse por última vez en los comicios celebrados en 2019.

Más tarde, a principios del 2022, con Axel Kicillof al frente de la provincia de Buenos Aires, se sancionó la ley 15.315, que no modificó el límite a las reelecciones en general, pero determinó que los mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019, iban a tener el carácter de primer periodo.

En la misma línea, la ley estipula que, en el caso de los mandatos que iniciaron luego de las elecciones legislativas del 2021, se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior, es decir, postergó hasta 2027 la puesta en vigencia de la limitación de reelecciones.  

Frente a estas circunstancias, Alva sostiene que “no existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana, que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder, mucho más aún si consideramos a la democracia sustancial sostenida por los derechos fundamentales, y los derechos humanos como la base de sustentación del estado constitucional y convencional de derecho argentino”.

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