viernes, abril 19, 2024

Promulgan ley de alivio fiscal para entidades sin fines de lucro

El alivio fiscal comprende a deudas vencidas hasta agosto del año pasado por un monto total inferior a $100.000.

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El Gobierno promulgó la ley 27.653 de alivio fiscal para entidades sin fines de lucro, a través del decreto 777/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial, que busca fortalecer la salida de la pandemia Covid.

A fines de octubre último, la Cámara de Senadores convirtió en ley el alivio fiscal de deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro, como bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes).

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La ley el alivio fiscal propuesta por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, comprende a deudas vencidas hasta agosto del año pasado por un monto total inferior a $100.000.

La ley de alivio fiscal fija que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a $ 100.000 para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054.

Además el alivio fiscal promulgado hoy abarca a toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

La ley de alivio fiscal señala que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y punitorios, multas y demás sanciones, y no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas de ART.

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En este caso la ley de alivio fiscal se propone planes de pago para ponerse al día con deudas tributarias que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de contribuyente.

Además, se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020, al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.

En tanto, el alivio fiscal condona las deudas de más de 1.035.000 mipymes, contribuyentes de ganancias e IVA y monotributistas pero que deban menos de $100.000 y brinda una nueva oportunidad para regularizar deudas a 544.676 contribuyentes.

Ley de alivio fiscal: a quiénes beneficia  

  • Clubes de barrio
  • Bibliotecas
  • Cuarteles de bomberos
  • ONGs
  • Sociedades de fomento
  • Cooperativas de trabajo escolar
  • Fundaciones

Ley de alivio fiscal: los beneficios según contribuyentes

  • Para micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias inscritas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal no persigan fines de lucro en forma directa o indirecta y desarrollen programas de promoción y protección de derechos o actividades de ayuda social directa, y personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes: tienen hasta 120 cuotas. AFIP definirá si tendrá o no un pago a cuenta. El interés de financiación con tasa fija de hasta el 1,5% mensual para las primeras doce cuotas. Luego, la aplicación de la tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.
  • Medianas empresas, tramos 1 y 2: tienen hasta 60 cuotas. Con pago a cuenta para adherir. Tasa fija, del hasta el dos por ciento (2%) mensual, durante las 6 primeras cuotas resultando luego de aplicación la tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.
  • Para las y los demás contribuyentes: tienen hasta 36 cuotas. Con pago a cuenta previo. Tasa fija, del hasta 3% mensual, durante las 6 primeras cuotas resultando luego de aplicación la tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.

En ese sentido, la AFIP podrá segmentar la cantidad de cuotas en función a la naturaleza de la obligación adeudada y establecer plazos de espera en base a parámetros vinculados a la actividad desarrollada por las y los contribuyentes o cuestiones regionales, sectoriales o relacionadas a políticas de género. La primera cuota vencerá no antes del 16 de diciembre de 2021, según el tipo de contribuyente, deuda y plan de pago adherido.

Alivio fiscal: el mensaje de Massa       

El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, fue el autor e impulsor de la ley alivio fiscal que fue promulgada este jueves. “Para nuestros comercios y nuestras PYMEs representa condonación de deudas impositivas, para nuestros monotributistas volver a estar en cero sin tener que correr atrás de la deuda y para nuestros clubes de barrio representa volver a estar en cero frente al Estado”, expresó después de aprobada.

Massa fue el impulsor del alivio fiscal.
Massa fue el impulsor del alivio fiscal.

Massa también remarcó que “junto con la rebaja del Impuesto a la Ganancias a las MiPymes y comercios, lo que estamos también es construyendo un puente para ese motor económico de la Argentina que es nuestro mercado interno”.

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