A 48 años del último golpe de Estado y a 41 del retorno de la democracia, la Cámara Federal de Casación rechazó el pedido de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura para que se disponga automáticamente la prisión domiciliaria para los mayores de 70 años de edad.
Según se pudo constatar, el planteo de la domiciliaria fue formulado por la defensa de Diego Salvador Chemes, un represor condenado a 21 años de cárcel por violaciones a los derechos humanos en el centro clandestino de detención El Vesubio, ubicado cerca de la localidad de Aldo Bonzi en la provincia de Buenos Aires.
De esta manera, la defensa de Chemes pedía el dictado de una sentencia de cumplimiento obligatorio para superar una supuesta contradicción entre distintas salas de la Cámara Federal de Casación para casos de represores que superaran los 70 años de edad.
En tanto, la defensa de Chemes reclamó que “el tribunal en pleno de la Cámara Federal de Casación Penal fije doctrina acerca de la interpretación unánime que corresponde otorgar al inciso D del artículo 32 de la ley 24.660”, sobre las condiciones para la concesión de la prisión domiciliaria.
Asimismo, el pedido reclamaba que se fijara un criterio único sobre si los 70 años es “una causal autónoma de procedencia de la prisión domiciliaria o debe concurrir con alguna de las otras causales previstas en la norma, en particular si es requisito que el mayor padezca además alguna patología que no pueda ser atendida debidamente intra muros”.
Por su parte, la Cámara de Casación, conformada como “tribunal de admisibilidad”, resolvió que la “vía intentada ha de ser rechazada, toda vez que la decisión impugnada no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la interpretación de la norma invocada, habida cuenta que declara inadmisible el recurso de casación por falta de fundamentación”.
Ese embrollo dialéctico esconde, en rigor, que el planteo de Chemes respecto de la prisión domiciliaria no fue tratado en cuanto a su objetivo de fondo, más bien que fue desestimado por razones procesales formales de la condena que lo apresó en un principio.
Además, los jueces Mariano Borinsky, Ángela Ledesma, Carlos Mahiques y Daniel Petrone que se encuentran al frente de la Cámara de Casación, recordaron que el “tema propuesto ya ha sido objeto de reiterados pronunciamientos por parte de la Corte Suprema en un sentido adverso al que propugnan los recurrentes” en dos fallos recientes, del 14 de diciembre y del 29 de febrero pasados.





