jueves, noviembre 14, 2024

Un colegio de Ensenada va indemnizar a un alumno que sufrió bullying

El colegio de Ensenada deberá afrontar una reparación económica por los daños psicológicos y los perjuicios del alumno acosado.

Categorías:

Un colegio de Ensenada deberá pagar casi medio millón de pesos de indemnización a la familia de un alumno que sufrió bullying por casi seis años por parte de un compañero con el que cursaba la primaria.

Se trata de una decisión de la justicia civil de La Plata que ordenó al colegio de Ensenada afrontar una reparación económica por los daños psicológicos y los perjuicios que le generaron al alumno los episodios de acoso escolar.

La medida contra el colegio de Ensenada la adoptó La Sala II de la Cámara Civil y Comercial que ratificó un fallo de primera instancia y condenó al Instituto la Inmaculada Colegio San José a pagar $ 480 mil más intereses.

En un extenso fallo, los jueces consideraron que quedó probado que por casi seis años el niño era hostigado por su compañero en los recreos tanto en forma verbal como física e incluso psicológica a través de las redes sociales.

Los camaristas consideraron que, si bien ante un caso de bullying hay responsabilidad de varios actores de la sociedad, incluidos los padres, entendieron que el colegio de Ensenada “tomó acciones insuficientes”.

Los jueces recordaron que la definición consensuada da cuenta que el bullying o acoso escolar “es toda intimidación o agresión física, psicológica o sexual contra una persona en edad escolar en forma reiterada”.

 

 

“Se presenta como una problemática social, no solamente de quien lo padece o ejerce, sino de toda la comunidad educativa: alumnos, docentes y familias. En virtud de ello es que requiere de la búsqueda de soluciones conjuntas”, consignaron.

Detallaron que ante la chance de que el daño al alumno del colegio de Ensenada provenga de un compañero "la responsabilidad del titular del establecimiento es concurrente, respondiendo aquel en su calidad de organizador de la educación”.

Los jueces además precisaron que en un contrato con un colegio privado “parece claro que lo principal es impartir instrucción escolar al menor, pero a la par pervive una obligación accesoria implícita de garantía”.

Los jueces tuvieron en cuenta también que “las estrategias utilizadas por el personal del colegio de Ensenada demandado resultan absolutamente insuficientes para la detección a tiempo y la solución de casos de bullying entre los alumnos”.

 

 

“Es que no basta con llamados de atención, reflexiones, rezos e invocaciones a Dios, todas actividades y recursos válidos y valorables, pero de modo alguno aptos como únicas intervenciones para abordar el conflicto”, describieron.

Además sostuvieron que el colegio de Ensenada “no contaba al momento de los hechos ventilados en el presente con un protocolo de actuación ante sospecha de situaciones de bullying, no realizaba cursos ni capacitaciones sobre la temática”. 

Más Leídas

Destacadas