jueves, octubre 3, 2024

Rige la veda electoral: qué se puede hacer y qué no hasta el domingo

Enterate las implicancias de la veda electoral, que arranca este viernes a las 8 de la mañana.

Este domingo 19 de noviembre, los argentinos se acercarán a las urnas para elegir finalmente quien gobernará la Argentina los próximos 4 años, por lo que a 48 horas del inicio de los comicios arrancará la tradicional veda electoral.

En ese marco, este domingo 19 de noviembre, los argentinos deberán elegir entre el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, y el aspirante de La Libertad Avanza (LLA), Javier Milei.

Es preciso mencionar que, la veda electoral, se define como un período de “silencio electoral” en el que se espera que los electores hagan uso de la “jornada de reflexión” ante las elecciones 2023, por lo que comenzarán a regir ciertas prohibiciones sociales y políticas.

De esta manera, el incumplimiento de la veda electoral tiene sus respectivas sanciones, que pueden ir de una pena de cárcel de entre 15 días y seis meses, o incluso a dos años de prisión, como lo sería en el caso de que se organice un espectáculo masivo.

Veda electoral: cuándo empieza

En este marco, se prevé que la veda electoral de las elecciones 2023 comience este viernes 20 de octubre, 48 horas antes de que inicien los comicios, es decir, a las 8 horas y se extenderá hasta tres horas después de cerrado el tiempo de votación.

Por otro lado, según el código nacional electoral, siete días antes de los comicios comienza una prohibición sobre la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas, así como también la realización de todo acto de gobierno que pueda servir para favorecer a algún candidato.

Veda electoral: qué está prohibido

Como parte de la veda electoral, el código establece una serie de limitaciones que contemplan la prohibición para la publicación de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales o referirse a sus datos, en ningún tipo de medio de comunicación desde siete días antes de la elección. Asimismo, quedan prohibidas las siguientes acciones.

  • Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.
  • Portación de armas.
  • Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.
  • Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 horas del sábado (día previo a la elección).
  • Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Publicación y difusión de encuestas o sondeos.

Más Leídas

Destacadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí