viernes, marzo 29, 2024

AFIP prorrogó el plazo para la recategorización del Monotributo

La AFIP extendió el plazo para realizar la recategorización del Monotributo. El paso a paso de cómo hacer el trámite.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero, inclusive, el plazo para realizar la recategorización del Monotributo, correspondiente al semestre julio diciembre de 2022.

De este modo, la AFIP dispuso a través de la Resolución General N° 5318/23, que será publicada en el Boletín Oficial, la prórroga para permitir realizar los trámites de recategorización del Monotributo.

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En tanto, desde el 1° de enero comenzaron a regir las nuevas escalas del Monotributo, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.

La AFIP remarcó que “para evaluar si corresponde una recategorización del Monotributo, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica”.

“Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización del Monotributo”, precisaron desde la AFIP.

El organismo además enfatizó que “aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción y si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

AFIP: cómo hacer la recategorización del Monotributo

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Para realizar la recategorización del Monotributo, los contribuyentes deberán ingresar al sitio de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal. Allí, deberán seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Por último, al seleccionar la opción “Continuar recategorización“, deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría del Monotributo correspondiente, que deberá ser confirmada por en la opción “Confirmar categoría”.

Monotributo: apelaciones virtuales

Esta semana, mediante una resolución general publica en el Boletín Oficial, la AFIP modificó la normativa del Monotributo para que los usuarios puedan apelar a las recategorizaciones de oficio de manera virtual, a través de la página web oficial del organismo.

De esta forma, en caso de que el usuario de Monotributo necesitara apelar la recategorización, si la fiscalización se realizó presencialmente hasta el día de hoy solo se podía apelar por escrito. Gracias a la modificación de la normativa, ahora el contribuyente puede hacerlo en la página web oficial de AFIP.

Para apelar la recategorización, una vez el contribuyente se encuentra en la web de AFIP, puede hacerlo a través del trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término” que se encuentra en el servicio “Presentaciones Digitales”.

Vale aclarar que, en caso de que la persona no presente el trámite de recategorización, se fija la nueva categoría de Monotributo de manera automática, de acuerdo a los cálculos del organismo tributario.

Monotributo: las nuevas categorías

En un marco de inflación que llegó al 94,8% anual en 2022, los valores de los topes de facturaciones máximas anuales del Monotributo también se actualizaron. A continuación, repasa los nuevos límites en las recategorizaciones:

  • Monotributo categoría A: $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.
  • Monotributo categoría B: $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
  • Monotributo categoría C: $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
  • Monotributo categoría D: $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
  • Monotributo categoría E: $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
  • Monotributo categoría F: $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
  • Monotributo categoría G: $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
  • Monotributo categoría H: $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
  • Monotributo categoría I: $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes.
  • Monotributo categoría J: $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
  • Monotributo categoría K: $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.

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