Tras años de denuncias sobre el estado del Arroyo el Gato, la Justicia Federal platense le ordenó al Gobierno de la provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de La Plata y a la empresa Aguas Bonaerenses S.A (ABSA), a que dejen de contaminar este cause de agua con efluentes cloacales y residuos sólidos.
En rigor, la sentencia fue dictaminada este miércoles por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N°4, a cargo del juez Alberto Recondo. Además del cese de la contaminación, el veredicto judicial ordena que el Ejecutivo municipal, el Gobierno bonaerense y ABSA instalen barreras flotantes de contención y extracción de residuos en el Arroyo El Gato.
En ese sentido, la Justicia dispuso que las jurisdicciones afectadas practiquen un relevamiento de toda la extensión de los arroyos y cuenca del Río de la Plata, limitada a las aguas que bañan a las localidades de La Plata, Ensenada y Berisso, para identificar todos los puntos desde donde se produce el vertido de sustancias contaminantes.
Cabe destacar que, la presentación judicial fue efectuada por la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), que representó las demandas de un grupo de vecinos de Ensenada durante el proceso que desembocó en la medida cautelar dictada recientemente.
En concreto, se trata de un proyecto de defensa del Derecho al ambiente de la Secretaria de Extensión de dicha unidad académica, que tiene por objetivo la prevención, el cese y la recomposición del daño ambiental generado en el Sistema Ecológico, integrado por el Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo El Gato.
Esto, a raíz de los efluentes cloacales provenientes de la planta de ABSA de Ringuelet, y de los residuos sólidos urbanos vertidos en el Arroyo El Gato, como consecuencia de acciones de la Municipalidad de La Plata y de la Gobernación bonaerense.
En este contexto, el Ejecutivo provincial y ABSA deberán presentar un plan provisorio para evitar los daños que produjeron los líquidos cloacales, que caen en el sistema compuesto por el Arroyo El Gato, el Río Santiago y el Río de la Plata, el cual deberá tener fecha de inicio y de finalización.