lunes, junio 3, 2024

Diputado massista insiste con reformar la ley de martilleros y corredores públicos

El diputado bonaerense, Rubén Eslaiman, propone modificar la ley de los martilleros y corredores públicos. Cuáles son los cambios centrales.

En las últimas horas, el diputado bonaerense del Frente Renovador, Rubén Eslaiman, reflotó un proyecto que busca modificar la ley N°10973 de los martilleros y corredores públicos de la provincia de Buenos Aires para evitar la doble matriculación y regular la creación de nuevos colegios departamentales, el uso de publicidad y el funcionamiento de las oficinas, aspectos sobre los cuales se expidió la Corte Suprema de Justicia.

En efecto, el diputado massista propone cambiar el inciso A del artículo tres para que los martilleros y corredores públicos no puedan estar matriculados en otros Colegios o Consejos de la provincia de Buenos Aires, una redacción que sugirió el Máximo Tribunal bonaerense para evitar planteos de inconstitucionalidad.

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Asimismo, Eslaiman introduce modificaciones al artículo 12 para regular la creación de nuevos colegios departamentales, los cuales deberán ser solicitados “por un número de colegiados que no podrá ser inferior a los dos tercios del total de los matriculados activos” del nuevo organismo y tendrán que obtener la “aprobación de dos tercios del total de miembros del Honorable Consejo Superior”.

Por otra parte, el diputado bonaerense propone incorporar en las obligaciones de los corredores públicos, que toda publicidad que realicen sea de su propiedad y los logos, dibujos y/o emblemas no puedan destacarse en relación al nombre del profesional. En tanto que, los Colegios departamentales deberán tener un registro con los elementos publicitarios indicados.

El diptuado bonaerense del Frente Renovador, Rubén Eslaiman.
El diptuado bonaerense del Frente Renovador, Rubén Eslaiman.

Asimismo, Eslaiman propone incorporar un inciso en el artículo 53 de la ley 10.973 que pretende prohibir que los martilleros y corredores públicos bonaerenses actúen con “franquicias comerciales o licencias de marcas destinadas a las actividades reservadas a los profesionales“.

En tanto, el diputado bonaerense modifica los motivos de las multas que establece la normativa vitgente, que van de 10 a 30 cuotas anuales vigentes, hasta duplo de la comisión a percibir por la operación efectuada, para penar a los colegiados no habiltadosv y a aquellos que faciliten su nombre a otras personas, entre otros. Asimismo, Eslaiman detalla en que casos los incumplimientos deberán ser denunciados ante un agente fiscal de turno o ante un juez correccional.

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Por último, el diputado massista añade a ley de martilleros y corredores públicos de la provincia de Buenos Aires la oblighación de, además de denunciar su docimilio real, constituir un domicilio eectrónico, “a los efectos de sus relaciuones con sus comitentes, la Justicia y el Coelegio profesional”.

Vale destacar que, el articulado del legislador del Frente Renovador ya perdió estado parlamentario en dos oportunidades. “El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia de Buenos Aires llevó a cabo su reunión constitutiva en Tandil el 27 de abril de 1962 y la dinámica y evolución de la profesión hacen imprecindibles los cambios solicitados”, sostuvo Eslaiman en los considerandos de su proyecto de ley.

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