La comisión de Federaciones y Colegios profesionales de la Cámara de Diputados bonaerense trató dos proyectos de ley que buscan modificar la ley que reglamenta el ejercicio profesional de la fonoaudiología, que busca que la matricula sólo sea otorgada a los egresados en universidades públicas o privadas.
En ese sentido, expusieron en la comisión representantes del Colegio de Fonoaudiología de la provincia de Buenos Aires, que respaldaron las iniciativas que presentaron los diputados Julio Pasqualín (Acuerdo Cívico UCR-GEN) y Valentín Miranda (UCR + Cambio Federal).
Cabe destacar que, la actual ley provincial 10.757 que crea el Colegio de Fonoaudiólogos y reglamenta su ejercicio profesional contempla a aquellos egresados de institutos de Enseñanza Terciaria. La iniciativa de los legisladores restringe el ejercicio a las personas “que acrediten título de fonoaudiología, la licenciatura y el doctorado expedido por universidades públicas o privadas reconocidas por autoridad competente”.
“El Colegio de Fonoaudiólogos, desde su conformación, otorgó matrícula a los profesionales de nivel terciario no universitario, pero ante el cambio de la oferta formativa, esta situación se debe modificar para el otorgamiento de matrículas que regule el ejercicio profesional”, sostiene la iniciativa contemplada en la comisión de la Cámara baja bonaerense.

En detalle, en el cuerpo legislativo presidido por la diputada de Unión por la Patria, Maite Alvado, expusieron Gabriela Yrala y María Rodríguez Moreda, representantes del Colegio de Fonoaudiología de la Provincia, quienes remarcaron que la modificación de la ley está vinculada con “la jerarquización” de su profesión.
“El proyecto va de la mano de cómo ha ido creciendo y avanzando nuestra profesión como así también en la necesidad de avanzar en los espacios de formación. Es pensar en lo mejor que se le puede dar a un paciente o una paciente que ingresa al sistema”, precisaron las profesionales en diálogo con Diputados Bonaerenses.
Según precisaron Yrala y Rodríguez Moreda, en los últimos años “hubo una gran adhesión” para cada una de sus colegas que no cuenten con un título universitario “haya querido mejorar y profesionalizarse como corresponde”. “Hay distintas instituciones que se van a ocupar de esa complementación, en caso que se apruebe esta ley”, añadieron.
“Nosotras impulsamos la educación universitaria para nuestra formación, desde siempre. Hoy día, quien termina en instituto terciario directamente ingresa a la licenciatura, sea pública o privada, porque sabe que es de la única manera que va a poder desarrollarse completamente”, concluyeron las profesionales en fonoaudiología.
Las funciones del ejercicio profesional de la fonoaudiología
- Prevención, promoción, evaluación clínica e instrumental, detección, diagnóstico, pronóstico, habilitación, estimulación del desarrollo de la comunicación humana y el tratamiento fonoaudiológico de sus trastornos, en relación con las áreas de voz, audición, habla, lenguaje, fonoestomatología, y aprendizaje vinculados a trastornos lingüisticos.
- Realización de interconsultas y/o derivaciones a otros profesionales de la salud.
- Elaboración de peritajes e informes ordenados por reparticiones públicas y/o privadas.
- Ejercicio de auditorías para control y supervisión de las prácticas y patologías fonoaudiológicas.
- Desempeño de cargos públicos o privados para los que se requieran conocimientos específicos de la profesión o impliquen el desarrollo o desempeño de las incumbencias profesionales propias de los títulos de grado oficialmente reconocidos.
- La indicación y prescripción de tratamientos y prácticas de incumbencia profesional.
- La selección, adaptación y prescripción de audífonos u otros dispositivos de ayuda auditiva.
- La prescripción de modificadores de la consistencia de los alimentos.





