jueves, marzo 28, 2024

Le pusieron fecha al sorteo de viviendas del Procrear 2023

A partir del 1 de febrero, el Gobierno nacional realizará el sorteo de 635 viviendas pertenecientes a 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear 2023.

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El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat nacional anunció que el próximo 1 de febrero se desarrollará en el sorteo de las primeras 635 viviendas del plan Procrear II, ubicadas en 17 provincias argentinas.

Según precisaron desde la cartera que conduce Santiago Maggiotti, las personas que se hayan inscripto hasta el pasado lunes en el Procrear 2023, pasarán por el proceso de selección electrónica supervisado por una Escribana Pública.

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En ese sentido, los ganadores del sorteo de las 635 viviendas que cumplan con los requisitos estipulados en las bases y condiciones del Procrear 2023, se darán a conocer posteriormente a través de la página del Ministerio de Desarrollo Territorial.

De esta manera, los inscriptos tendrán la posibilidad de acceder a la compra de una de las viviendas a través de un crédito hipotecario que se actualiza mediante la Fórmula Casa Propia, que contempla la evolución salarial para otorgar previsibilidad a las familias beneficiarias del Procrear 2023.

Cabe destacar que, las unidades funcionales pertenecientes a 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear que se sortearán a partir del 1 de febrero están ubicadas en las provincias de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego; y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cabe destacar que las viviendas Procrear 2023 son emprendimientos que atienden a las demandas habitacionales de cada territorio, contemplando no solo el acceso a la vivienda, sino la conectividad y la cercanía a centros educativos, recreativos y de salud.

Procrear 2023: dónde están las viviendas

  • Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel, San Nicolás (Provincia de Buenos Aires)
  • Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Ciudad de Buenos Aires)
  • Puerto Madryn (Chubut)
  • Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba)
  • Corrientes (Corrientes)
  • Paraná (Entre Ríos)
  • San Salvador de Jujuy (Jujuy)
  • Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza)
  • Posadas (Misiones)
  • Zapala (Neuquén)
  • Viedma (Río Negro)
  • Tartagal (Salta)
  • San Luis (San Luis)
  • Río Gallegos (Santa Cruz)
  • Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales (Santa Fe)
  • Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero)
  • Río Grande (Tierra del Fuego)

Procrear 2023: los requisitos

  • No haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos diez años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 y 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, 12 meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • El titular y el cotitular deberán encontrarse unidos por matrimonio, unión convivencial o unión de hecho.

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