La Cámara Federal de Paraná declaró inconstitucional la liberación de precios de las empresas de medicina prepaga, tras el decreto de necesidad y urgencia (DNU) N°70/2023 de desregulación de la economía y ordenó a la Superintendencia de Seguros de Salud que vuelva a intervenir a los fines de autorizar las subas mensuales.
En efecto, el tribunal se pronunció en el marco de un proceso colectivo contra OSDE, promovido por Fernando Ismael Morsentti, tras los aumentos abusivos de la prepaga a partir de la vigencia del Decreto N° 70/2023 y luego de que la jueza María Isabel Caccioppoli, inscribiera como colectivo las presentaciones judiciales contra la prestadora.
En detalle, la Cámara Federal de Paraná resolvió declarar inconstitucional los artículos 267 y 269 del DNU N° 70/2023, que emitió el Gobierno nacional que encabeza Javier Milei el 21 de diciembre del pasado año y que derogan los incisos g) del art. 5 y el art. Artículo 17 de la Ley 26.682.
Es preciso señalar que, la Ley 26.628, sancionada en mayo de 2011, tenía por objetivo establecer un régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga, los planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud (ASS).
En ese marco, la Cámara ordenó además a a quien corresponda a continuar con su tarea de “Autorizar en los términos de la presente ley y revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones que propusieran los sujetos comprendidos en su artículo 1”.

Aumentos desmedidos de las prepagas: todo lo que sucedió desde diciembre
Tras el DNU N°70/2023 del presidente de la Nación, Javier Milei, que desreguló los aumentos de las cuotas de las empresa de medicina prepaga, que alcanzaron subas de hasta un 76% entre enero y febrero, y tras ello se acumularon de manera compulsiva los fallos judiciales y las aprobaciones cautelares contra los sucesivos incrementos.
En este sentido, debido a la lluvia de presentaciones judiciales y ante el malestar de la clase media, en abril pasado, el Gobierno frenó la medida y aseguró que las empresas de medicina prepaga debían retrotraer los aumentos a diciembre de 2023 para actualizar los montos en base a la inflación.
En concreto, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, desde la administración libertaria argumentaron que la decisión fue tomada tras una “investigación por presuntas conductas anticompetitivas iniciada a mediados de enero”, encabezada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).
En ese marco, el vocero presidencial, Manuel Adorni señaló que “hay una presunción” de cartelización de las empresas de medicina prepagas, de manera que, al confirmarse que “puede tener algún impacto severo de orden público, en este caso que afecta a millones de argentinos, se dicta una medida de tutela anticipada”.
En ese contexto, el ministro de Economía, Luis Caputo, definió cómo debían actualizarse las cuotas en mayo, mientras que instó a las empresas de medicina prepaga, por medio de la Justicia, a presentar un plan de pago para devolver a los afiliados lo cobrado de más, por los aumentos desmedidos.
No obstante, en junio a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, Milei, volvió a disponer la liberación de los precios de los coseguros a prepagas y obras sociales, de manera que ya no lo hará la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).
Así, la normativa dejó “sin efecto los aranceles vigentes, en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y sus normas complementarias, que no se encontrarán exentas conforme el marco normativo vigente; los que podrán ser fijados libremente por parte de las entidades”.
A su vez, la resolución dispuso que los precios de los coseguros tendrán que informar “debida y fehacientemente a los beneficiarios con 30 días de antelación y, además, serán publicados en la página web de la Superintendencia de Servicios de Salud”.
En ese sentido, el Ejecutivo nacional señaló que la definición tiene el “objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional”.





