La Corte Suprema de Justicia convalidó este martes las declaraciones de los arrepentidos en la causa Cuadernos, al desestimar un recurso del ex ministro de Planificación Federal, Julio de Vido, con el que cuestionaba la constitucionalidad de la llamada Ley del Arrepentido.
Se trata de la causa en la que Cristina Kirchner está acusada de ser la jefa de una asociación ilícita que recaudaba coimas entre empresarios que hacían negocios con el Estado, y que tiene como corazón las declaraciones de 31 arrepentidos entre empresarios y ex funcionarios que buscaban aliviar su situación judicial.
Es que, en noviembre del 2020, los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, los mismos jueces que ayer decidieron ordenar el juicio de Cristina Kirchner por las causas Los Sauces-Hotesur y el Memorándum de Irán, habían rechazado los cuestionamientos a la Ley del Arrepentido (27.304), sancionada el 19 de octubre de 2016.
Allí, se consagró la figura del “delator premiado”, “imputado colaborador” o el más conocido, “arrepentido”, con un alcance más amplio del que tenía hasta entonces en otras disposiciones. El acogimiento a este régimen, implica que aquel partícipe de un hecho ilícito que declara en calidad de arrepentido, obtiene una disminución de la pena a cambio de informaciones relevantes para la investigación.
En ese contexto, la defensa de De Vido planteó la inconstitucionalidad de la figura del arrepentido. Sin embargo, el 17 de noviembre de 2018, el juez de primera instancia rechazó el pedido.
En respuesta, la defensa del exministro kirchnerista apeló esa decisión y reiteró las objeciones contra el artículo 41 de la Ley del arrepentido. En aquella oportunidad, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la decisión del juez de primera instancia.
Ante esa situación, la defensa de De Vido presentó un recurso de casación, que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por mayoría el 30 de noviembre de 2020. En disidencia, la jueza recientemente jubilada, Ana María Figueroa, que en aquel momento componía ese ente judicial, se pronunció por la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 4 de la ley 27.303.
En aquel momento, los jueces no solo cuestionaban la inconstitucionalidad de la Ley del arrepentido, sino que también criticaban que se aplicara en la causa cuadernos, donde se ventilaban supuestos hechos ilegales cometidos en el gobierno de Néstor y Cristina Kirchner, años antes de la sanción de la normativa.
Además, las defensas también cuestionaron la falta de registros fílmicos o audiovisuales de los dichos que los 31 acusados plantearon ante el fiscal Carlos Stornelli, para convertirse en imputados-colaboradores (arrepentidos) y así garantizarse una pena segura, pero mínima, al momento del veredicto. A todo, Casación le dijo nuevamente que no por 2 votos contra 1.
Contra esa decisión de la inconstitucionalidad de la Ley del arrepentido, De Vido interpuso un recurso extraordinario en el que invocó la afectación de los principios de igualdad ante la ley, prohibición de autoincriminación forzada, irretroactividad de la ley penal, derecho de defensa en juicio, debido proceso penal, doble instancia y derecho al recurso, arbitrariedad y gravedad institucional.
En esta línea, la mayoría del tribunal casatorio declaró la improcedencia del recurso, por lo que la defensa del ex funcionario presentó un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de los letrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo.
No obstante, actualmente hay otros planteos pendientes en la Corte Suprema sobre la discutida causa Cuadernos. Luego de que un nuevo peritaje confirmará que los escritos entregados a la Justicia como evidencia fueron adulterados por el ex policía y amigo de Oscar Centeno, Jorge Bacigalupo, la defensa de la vicepresidenta solicitó la nulidad del caso.
“El caso se basa en una prueba viciada, constituida de manera inválida, a partir de cuadernos que no fueron escritos por quien dijo que los escribió y en función de dos testimonios falsos”, explicaron los abogados defensores de la Vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner.
En detalle, en marzo los peritos privados habían detectado 1.600 irregularidades en tres de los cuadernos analizados, luego desde la División Escopometría de la Policía Federal confirmaron que las sobreescrituras en dos de los anotadores eran de Jorge Bacigalupo.
Vale recordar que, la causa cuadernos está en manos del Tribunal Oral Federal 7, a cargo de Fernando Canero, Enrique Mendez Signori y Germán Castelli. En las últimas semanas, fueron rechazando planteos de las defensas. Ahora deben ordenar la prueba que presentaron las partes de cara a avanzar hacia el debate oral.
Es preciso señalar que, Cristina Kirchner está acusada de ser la jefa de una asociación ilícita, que habría funcionado entre principios de 2003 y noviembre de 2015, y que “cuya finalidad fue organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilegal con el fin de enriquecerse ilegalmente y de utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos, todo ello aprovechando su posición como funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional”.