El presidente de bloque de la Coalición Cívica en la Cámara de Diputados bonaerense, Andrés de Leo, presentó un proyecto de ley para crear un registro de aspirantes a jueces para la cobertura de vacantes en los Juzgados de Faltas, a fin de transparentar el proceso de selección y agilizar el nombramiento de magistrados.
Según advirtió el legislador bahiense, la creación de una Justicia municipal no constituye una obligación para todos los distritos de la provincia de Buenos Aires, sino que actualmente depende de una definición política de cada municipio, que debe formalizarse mediante una ordenanza impulsada por el intendente local.
En ese marco, De Leo pretende establecer un registro de aspirantes con carácter general para todos los municipios, a fin de mejorar y transparentar la forma de selección para la designación de los jueces de faltas.
Vale precisar que, el artículo 21 del Código de Faltas Municipales establece cómo se llevará a cabo el procedimiento para la designación de los Jueces de Faltas, los cuales serán designados por el intendente municipal, previo acuerdo con el Concejo Deliberante.
En ese contexto, De Leo sostuvo que la iniciativa “establece un sistema complementario, a través del cual, los postulantes deben someterse a un concurso público y de oposición que permita establecer un orden de mérito”.

En el texto, el lilito remarca que, para ser aspirante a juez de falta municipal, se requiere alcanzar los veinticinco (25) años, ser argentino, acreditar residencia por más de dos años (2) en el distrito donde se postula y contar con tres años de antigüedad en la matricula.
“La selección se realizará mediante un concurso público como procedimiento para calificar y seleccionar a los aspirantes a jueces de faltas municipales, que culminará con la elaboración de un orden de mérito”, sumó el legislador en los fundamentos.
En paralelo, el proceso de evaluación de los jueces de falta estará a cargo de una comisión creada a tal efecto, la cual estará integrada por tres concejales, un representante del Poder Judicial Municipal, uno de la Facultad de Ciencias Jurídicas, y uno del Colegio de Abogados.
“La comisión confeccionará el orden de mérito en base al puntaje total obtenido por cada uno de los aspirantes, quien obtenga el mejor puntaje ocupará el primer lugar en el cuadro para tal efecto”, explicó el jefe de la bancada de los lilitos en la Cámara Baja.
De esta manera, obtenido el orden de mérito, la comisión de calificación elevará, en el término de diez días, al intendente municipal la terna, para que este designe al postulante, previo acuerdo del Concejo Deliberante.
“Es un proceso selectivo mediante el cual la administración público, incorpora recursos humanos para el desempeño de sus funciones, teniendo en cuenta los principal de igual, mérito y capacidad”, concluyó De Leo.
La propuesta surge unos días después de la presentación de la Suprema Corte de Justicia sobre su proyecto de autarquía, con el que buscan apurar la cobertura de las vacantes judiciales existentes tanto en el máximo tribunal como en diversos juzgados.
Durante la conferencia de prensa, el titular de la Suprema Corte, Sergio Torres, recordó que, en el paso entre el primer y el segundo mandato de Kicillof, el Poder Judicial registró la “exorbitante” cifra de 700 cargos vacantes, contando todas las instancias y fueros.
No obstante, el magistrado apoyó al Gobierno provincial al mencionar que, con el trabajo mancomunado entre el Ejecutivo, el Ministerio de Justicia y el Consejo de la Magistratura, entre 2024 y 2025 se realizaron 412 designaciones. “Esperamos para este 2026, la continuidad de esta política que permita cubrir las más de 200 vacantes aún pendientes”, auguró.
Las problemáticas de las vacantes en la Justicia no son nuevas. De hecho, los propios trabajadores nucleados en la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) constantemente se hacen eco de ello. En noviembre, el gremio publicó un informe en el que destaca que, hasta mayo de 2024, de los 114 juzgados de familia en funcionamiento, hay 17 sin jueces designados, e incluso varios de ellos no tienen ni suplentes o subrogantes.




