sábado, abril 20, 2024

Diputados buscan garantizar la sanción de ley de oncopediatría bonaerense

Los diputados bonaerenses comenzaron a trabajar en el proyecto de adhesión a la ley de oncopediatría que tiene la media sanción del Senado bonaerense.

En la sesión del 24 de agosto pasado, anterior al receso invernal de la Legislatura, el Senado bonaerense dio media sanción al proyecto de adhesión a la ley nacional de oncopediatría (N° 27.674) que reunió seis iniciativas del Frente de Todos y de Juntos que habían sido presentadas por mesa de entradas de la Cámara alta.

Atentos a esa situación, los diputados bonaerenses que integran la comisión de Salud comenzaron a trabajar en el tema para garantizar la sanción de la adhesión a la ley de oncopediatría. En la Cámara baja, existen iniciativas de adhesión de los legisladores oficialistas Juan Ignacio “Cote” Rossi, Carlos Puglielli, Roxana López y Débora Indarte y de los opositores, Maximiliano Abad, Anastasia Peralta Ramos y Mauricio Viviani.

- Publicidad -

En rigor, el proyecto que terminará sancionando la Legislatura bonaerense será la adhesión a la ley nacional N°27.674, de “creación del régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer”, aunque con algunas particularidades relacionadas con la cobertura de tratamientos en la provincia de Buenos Aires.

La semana pasada los diputados bonaerenses que forman parte de la comisión de Salud, que presiden la camporista López y el legislador radical Julio Pasqualín, escucharon los aportes, planteos e inquietudes de familiares de niños, niñas y adolescentes con cáncer.

La reunión fue exclusiva para poder escuchar a los padres. Hubo cuatro testimonios, muy conmovedores. Soy psicólogo así que, en especial, la situación del dolor es una obsesión para los que abrazamos esta profesión. No debe haber dolor más complicado y duro que el de un padre que ve sufrir a sus hijos en estas situaciones”, explicó Pasqualín a este medio.

El diputado de la UCR bonaerense blanqueó parte de las demandas que formularon los familiares de chicos con cáncer en la reunión informativa de la comisión de Salud. “Pidieron por las licencias laborales para padres con chicos con cáncer y por la cobertura, ya que, en muchos casos, se trasladan muchos kilómetros para acceder a un hospital y no tienen lugar para quedarse a dormir”, detalló Pasqualín.

- Publicidad -

En ese sentido, en la sesión previa al receso invernal el Senado bonaerense aprobó un proyecto de ley del senador de Juntos, Andrés De Leo, que establece un régimen de licencias laborales especiales de hasta 180 días por año calendario para familiares de pacientes oncológicos pediátricos de hasta 18 años de edad.

La ley nacional establece un 100% de cobertura. Queremos avanzar en una modificatoria, incorporando a la prestadora provincial estatal de IOMA para que quede absolutamente reglamentado”, sentenció Pasqualín sobre los planteos recogidos durante el encuentro con familiares de pacientes oncológicos pediátricos.

El diputado de Juntos también remarcó que los familiares de chicos, chicas y adolescentes con cáncer planteo la preocupación por la reglamentación de la adhesión a la ley de oncopediatría. “Hay una media sanción en el Senado bonaerense y vamos a trabajar para darle un rápido tratamiento al proyecto”, prometió el legislador de la Segunda sección electoral.

Asimismo, los familiares sostuvieron a los legisladores bonaerenses la necesidad de solicitarle a las carreras de Medicina con asiento en la provincia de Buenos Aires para que establezcan alguna materia particular vinculada a la prevención temprana del cáncer.

“Son muchos los casos de cáncer que llegan por un diagnóstico un poquito tardío, y por eso me parece que tiene que haber un ojo más fino sobre esa situación en la pediatría”, destacó el diputado Julio Pasqualín sobre la solicitud de los padres, madres y tutores.

Los puntos clave de la ley de oncopediatría

A continuación se presenta un resumen de los puntos centrales de la ley nacional de oncopediatría, sancionada por el Congreso nacional.

  • Las obras sociales y las prepagas deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del 100% en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.
  • El Estado nacional deberá otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad.
  • Establece la obligatoriedad de elaborar lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento y asistir a los centros oncológicos para que brinden una atención de calidad que respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer.
  • Propone capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil, así como gestionar el funcionamiento de la red de los centros oncológicos que atienden a dichos pacientes a nivel nacional.
  • Busca capacitar a los equipos de salud a través del Programa de Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer, y realizar un seguimiento y cuidado clínico post tratamiento oncológico.
  • Mientras dure el tratamiento, se debe otorgar a los niños, niñas y adolescentes con cáncer estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas para los vehículos que los trasladen.
  • Establece gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre.
  • Se deberá garantizar el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que su condición les demande.
  • En caso de tratarse de niños, niñas o adolescentes con tratamiento ambulatorio y deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a más de 100 kilómetros de su lugar de residencia se garantizará a la familia el acceso a un subsidio habitacional para afrontar los gastos de locación de vivienda.
  • Uno de los progenitores o representantes legales de un niño, niña o adolescente que padezca cáncer tendrá licencias especiales sin goce de haberes durante el plazo que figure en la prescripción del médico tratante del paciente oncopediátrico. Durante la licencia, la persona en relación de dependencia percibirá de la ANSES las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.

Más Leídas

Destacadas

Participá con tu comentario