jueves, marzo 28, 2024

La Suprema Corte bonaerense suspendió la ley jubilatoria del Bapro de Vidal  

La Suprema Corte bonaerense suspendió la ley jubilatoria del Bapro sancionada durante la gestión de María Eugenia Vidal. Qué pasó con la reforma propuesta por el gobernador Axel Kicillof.

Tras más de un año en que oficialismo y oposición no llegaron a un acuerdo para reformar la ley jubilatoria del Banco Provincia (Bapro) en la Legislatura bonaerense, la Suprema Corte de Justicia resolvió este martes suspender a partir del 1° de junio la aplicación del régimen de movilidad que fijó la ley 15.008, sancionada durante la gestión de la ex gobernadora María Eugenia Vidal.

A través de una medida cautelar, la Corte bonaerense dio lugar a la causa colectiva promovida por la Asociación Bancaria, la Asamblea Permanente de Jubilados del Banco Provincia y la Unión de Jubilados del Banco Provincia, para declarar la inconstitucionalidad de la ley jubilatoria del Bapro.

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Además, el máximo tribunal dispuso un recupero progresivo de los haberes que hubieran percibido los beneficiarios con el sistema anterior. “La movilidad de los jubilados del Bapro quedó librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos afectó el derecho de quienes gozaban del beneficio previsional”, señalaron en el fallo.

Vale recordar, que la ley 15.008 estableció que la edad jubilatoria para todos los trabajadores del Bapro pasara de 60 a 65 años de forma escalonada y bajó el porcentaje por el que se calculaba el monto para estos (del 82% al 70%). “Produjo una merma en los haberes jubilatorios que, en la liquidación del mes de diciembre de 2022, es del orden del 30% y acumulativamente supera el 40%”, detalló la Corte bonaerense.

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De acuerdo al fallo de la Corte bonaerense, la medida cautelar se extenderá hasta la sentencia de fondo, mientras que exhortó a la Legislatura bonaerense a arribar en el año en curso a la solución sustentable y compatible con el ordenamiento constitucional, conforme a los principios de la decisión adoptada.

Entre los fundamentos, la Corte bonaerense ponderó el tiempo transcurrido desde el inicio de los litigios, el resultado negativo de las gestiones de diálogo promovidas por el propio Tribunal y la reciente pérdida de estado parlamentario de la reforma del Bapro que promovió el gobierno de Axel Kicillof.

En tanto, el máximo tribunal aclaró que lo establecido “difiere de las pretendidas por las entidades demandantes en sus planteos de fondo, aunque guarda una razonable equivalencia con ellas” y precisó: “Es menor que lo que hubiera podido resultar de aprobarse el proyecto de ley promovido por el Poder Ejecutivo“.

Es preciso mencionar, el proyecto de reforma del Bapro promovido por la gestión de Kicillof establecía la vuelta al 82% móvil en base a las últimas 120 remuneraciones mensuales y contemplaba un incremento en los aportes de los activos del 14% a 16%, de los jubilados del 10,82% a 12% y de la patronal que pasaría a contribuir del 21% a 29%.

Reforma del Bapro: la ley 15.008 de Vidal

Durante el gobierno de María Eugenia Vidal se sancionó la Ley 15.008, que elevó a 65 la edad jubilatoria, tanto para hombres como para mujeres, y estableció que el haber equivaldría al 75% de lo que cobra un activo, en lugar del 82% que regía, bajo el argumento de que ese régimen llevaba a la caja del Banco Provincia a una situación deficitaria.

Esa reforma del Bapro aprobada en la Legislatura bonaerense en diciembre de 2017 con votos del oficialismo de aquel entonces, pero también del peronismo, motivó un prolongado conflicto con los trabajadores de la banca pública, que fueron reprimidos en las inmediaciones del parlamento durante su tratamiento en los recintos.

Posteriormente, la Ley 15.008 también generó una catarata de presentaciones judiciales por la modificación en el porcentaje de la jubilación. De hecho, la propia Asociación Bancaria, el gremio que nuclea a los empleados de las entidades y que conduce Sergio Palazzo, presentó un recurso para que se declarara la inconstitucionalidad la reforma del Bapro que hoy terminó convalidando la Corte bonaerense.

Reforma del Bapro: el freno en la Legislatura bonaerense

La Suprema Corte de Justicia bonaerense convocó durante el año pasado al Frente de Todos y la oposición de Juntos a una mesa técnica para destrabar la reforma del Bapro. Si bien de ese espacio surgió un “principio de acuerdo” para avanzar con el proyecto que lleva la firma de Axel Kicillof, desde el ala dura del PRO se abroquelaron en un rechazo cerrado.

La iniciativa obtuvo en comisiones de la Cámara de Diputados bonaerense todos los dictámenes necesarios para llegar al recinto, pero los legisladores de Propuesta Republicana rechazaron su tratamiento de manera sistemática.

Qué establecía la reforma jubilatoria del Bapro de Kicillof

  • El texto de reforma del Bapro establece la vuelta del 82% móvil en base a las últimas 120 remuneraciones mensuales que la administración de Vidal había bajado al 70%.
  • Contempla un incremento en los aportes de los activos del 14% a 16%, de los jubilados del 10,82% a 12% y de la patronal que pasará a contribuir del 21% a 29%.
  • Asimismo, la reforma del Bapro incorpora la paridad de género en el directorio de la caja.
  • La reforma del Bapro baja de 65 a 60 de la edad jubilatoria de las mujeres.
  • Incluye una jubilación por edad avanzada para los hombres que no reúnen los 35 años de servicios. En este caso, alcanzarán el beneficio a los 70 años de edad, mientras que quienes cumplan con el aporte será a los 65.

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