martes, mayo 7, 2024

Un juez de Mar del Plata emitió el primer fallo contra el pase sanitario

Un juez federal de la ciudad balnearia de Mar del Plata emitió una medida cautelar que exime de mostrar el pase sanitario a una mujer.

Categorías:

A una semana de haberse puesto en marcha el pase sanitario en la provincia de Buenos Aires, el cual motivó a miles de bonaerenses a asistir a las postas de vacunación, la Justicia emitió el primer fallo judicial en contra de la medida del Poder Ejecutivo.

Se trata de un juez federal de la ciudad de Mar del Plata que dictó una medida cautelar a través de la que se exime de portar y exhibir el pase sanitario por coronavirus a una abogada que había solicitado esa medida a través de una acción de amparo individual.

- Publicidad -

La resolución fue dictada por el titular del Juzgado Federal 4 marplatense, Alfredo López, quien ordenó al Gobierno Nacional y a la Provincia de Buenos Aires “eximir” de “exhibir y/o portar la acreditación y/o el denominado pase sanitario” a Luciana Acuña, quien había iniciado una demanda en ese sentido el pasado 20 de diciembre.

Cabe señalar, que la mujer, de 40 años, había solicitado que se dictara una medida cautelar “contra los organismos estatales a fin que de forma inmediata se resguarde” su “derecho a preservar la salud y la vigencia del principio de autonomía de la voluntad” de no ser vacunada contra el Covid-19.

Además, Acuña exigía que, a través de ese instrumento se garantizara “el pleno acceso a los lugares/actividades” alcanzados por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete 1198/2021 y la Resolución Ministerial Conjunta 460/2021 del Gobierno bonaerense, “garantizando la plena libertad de tránsito y acceso a los mismos, todo ello con habilitación de días y horas inhábiles”, sin necesidad de llevar el pase sanitario.

En rigor, el juez consideró que la legislación vigente respecto de las vacunas contra el coronavirus “no establece la obligatoriedad de su aplicación” e indica que la inoculación “será voluntaria, gratuita, equitativa e igualitaria y deberá garantizarse a toda la población objetivo, independientemente de haber padecido la enfermedad”.

- Publicidad -

En ese sentido, López consideró que la implementación del pase sanitario que certifique el esquema de vacunación completa para eventos masivos y ciertas actividades tornaría “inaplicable de hecho la circunstancia de que la vacunación no resulta obligatoria”.

Por otro lado, la abogada había cuestionado la seguridad y desempeño de las vacunas aplicadas a la población y las calificó como “sustancias que no tienen la efectividad de prevenir el contagio del virus ni la infección misma del coronavirus”.

“No existe razón medica ni científica para discriminar a las personas o incitar al odio con pases sanitarios como el que se ha dictado”, aseguró Acuña.

En este contexto, el juez entendió que “sin que implique prejuzgamiento respecto del fondo de la cuestión traída a debate, bajo entera responsabilidad de la accionante y previa caución juratoria que se entiende prestada con la demanda inicial, corresponde decretar medida cautelar”.

Más Leídas

Destacadas

Participá con tu comentario